
La aprobación del artículo 153 del proyecto del Código del Sistema Penal, que amplía las causales del aborto, generó reacciones distintas. La Plataforma por la Vida anunció movilizaciones a partir de la siguiente semana y la Iglesia católica advirtió con recurrir a la vía constitucional. Activistas señalan que la ampliación de causales es insuficiente y se debería promover la despenalización total.
La noche del jueves, el pleno de la Cámara Baja, con la presencia mayoritaria del oficialismo, ratificó el enunciado referido al aborto y a las ocho causales que permiten la práctica sin que ésta sea penalizada.
De acuerdo con la presidenta de la plataforma Por la Vida y la Familia, Elisa Lanza, la ampliación de las causales se constituye “en un crimen en contra de un ser indefenso” , por lo que anunció la realización de una marcha a nivel nacional.
“Estamos de duelo, estamos en un estado de tristeza, porque están aprobando la muerte de un bebé. Cómo pueden solapar este tipo de crímenes, los legisladores. La próxima semana vamos hacer una marcha a nivel nacional defiendo el derecho a la vida del no nacido”, indicó.
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Acotó que también presentarán, la próxima semana, un proyecto de modificación del artículo del aborto para que éste sea considerado en el Senado.
Explicó que el planteamiento consiste en la anulación de las causales para el aborto y se defienda el derecho a la vida del no nacido.
Por su parte, las activistas que impulsan la despenalización del aborto expresaron su satisfacción por la aprobación, pero señalaron que es insuficiente y que, en todo caso, no tendría por qué penalizarse la práctica del aborto.
Mónica Novillo, de la plataforma “Pacto por la Despenalización del Aborto”, afirmó que la aprobación del artículo 153 es insuficiente para el derecho de las mujeres, y, sostuvo, la necesidad de sacar el tema del aborto del Código Penal y considerarlo en lo que es la salud pública.
Respecto a la eliminación de la causal socioeconómica, que en el proyecto inicial de la ley estaba incluida, manifestó su extrañeza y dijo que la mujer de cualquier estrato social recurre a este procedimiento, debido a que es parte de su autonomía.
A su vez, la asesora legal de la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB), Susana Inch, en comunicación con una emisora manifestó que se recurrirá a la vía constitucional si es que la Cámara de Senadores mantiene la redacción del artículo 153.
PLANTEAN SEIS CAUSALES MÁS
Entre las ocho causales establecidas para la interrupción de embarazo según el artículo 153, aprobado por la Cámara de Diputados, seis son nuevas en relación al actual Código Penal. Se estipula la interrupción del embarazo durante las primeras ocho semanas de gestión si es que se tuviera a cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos o no; si es estudiante. Además, cuando se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida, sea consecuencia de reproducción asistida y la embarazada sea niña o adolescente.
El artículo 266 del actual Código Penal, señala que la interrupción del embarazo cuando éste hubiere sido consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto no se aplicará sanción alguna, siempre que la acción penal hubiere sido iniciada.
Tampoco será punible si el aborto fuese practicado con el fin precautelar la vida o la salud de la madre y si el peligro no podía ser evitado por otros medios.
Fuente: lostiempos.com