La autoridad indica que los postulantes a altos cargos judiciales pueden difundir sus méritos y sus propuestas. Por otro lado, no pueden hacer guerra sucia ni tampoco difundir propaganda.Pablo Peralta M. / La PazKatia Uriona, presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), explica que los candidatos a altos cargos judiciales pueden usar las redes sociales, hacer volantes y participar en conversatorios, pero no pueden solicitar el voto.En esta entrevista, Uriona también se refiere al procedimiento para interponer denuncias sobre la inhabilitación de candidatos, entre otros detalles. ¿Qué se entiende por campaña y qué está prohibido?Hay dos cosas que hacen a la responsabilidad del Órgano Electoral. Una, la difusión que estamos haciendo a través de los medios, la elaboración y producción de material para que lleguen a la población los perfiles; y dos, nosotros tenemos instalado un sistema de monitoreo que nos permite hacer seguimiento a las redes sociales en términos de las cuentas oficiales que han registrado los candidatos y candidatas.A estas cuentas nosotros les hacemos seguimiento porque no se puede hacer campaña en términos de solicitar voto, en términos de referirse a otras candidaturas en «guerra sucia» y tampoco se puede hacer propaganda.¿Qué se puede hacer? Sólo se puede difundir cuáles son tus méritos y cuáles son tus propuestas y para eso los y las candidatas pueden utilizar las redes, pueden utilizar la producción de volantes informativos y pueden participar en eventos como los conversatorios «más de 35 que estamos organizando a nivel nacional» para dar a conocer su propuesta.¿No hay el riesgo de que haya campaña indirecta? Lo que pasa es que nosotros vamos a actuar en apego al reglamento y el reglamento es muy claro. Estamos haciendo un seguimiento que supone un desplazamiento también en todo el país en términos de nuestro sistema de seguimiento y sobre esa base se está actuando.¿Cuál es el procedimiento para que proceda una denuncia contra un candidato?Es importante explicar el procedimiento respecto al reglamento. Hay unas denuncias que se activan cuando alguna persona presenta de manera documentada una denuncia sobre cualquier candidato. Esta denuncia debe ser interpuesta en los tribunales departamentales, cuya sala departamental también tiene la competencia de actuar de oficio.Si el tribunal departamental inhabilita a un candidato «que es la fase en la que se encuentra, por ejemplo, el caso de un postulante del Beni» y la persona no está de acuerdo con el fallo, puede apelar en segunda instancia al TSE.Hace poco diputados opositores cuestionaban que el TSE no actuó sobre las denuncias que presentaron ¿Se debe al procedimiento? Se decía también «No se pronuncia el tribunal». Nosotros hemos respondido de manera formal cuál es el procedimiento adecuado para presentar una denuncia.¿Hay la posibilidad de que el TSE haga el esfuerzo por informar los tipos de voto nulo y blanco?Lo que hará el TSE en la siguiente fase de información es informar a la población los alcances para la emisión del voto y también lo que significan los tipos de voto.Nuestra competencia es muy clara a la hora de informar a la población cuál es el procedimiento de la votación. Estamos produciendo materiales que explican, indican y dan cuenta, por ejemplo, de los tipos de votación.Todo el material que se produce hace referencia a todo lo que es el proceso electoral, el procedimiento de votación, explicando las papeletas, la forma de votación; luego también se habla de los tipos de votos, los votos válidos, los cuales comprenden a los votos blancos y los votos nulos…O sea es parte de lo que se informa a la población, los tipos de votos y el material que se está produciendo en la difusión que se está haciendo de separatas, de cartillas, de materiales de información a los jurados y juradas, porque es importante que quienes estén a cargo de las mesas luego, cuando realicen el escrutinio y el cómputo, puedan designar con toda claridad el alcance de los válidos, los votos blancos y los votos nulos para contabilizarlos.En el caso de los jurados ¿Pero, para la ciudadanía habrá algo así como difusión de información sobre ello?En la difusión de información se incorporan los criterios de cuáles son los alcances de la votación.Los demócratas pidieron un espacio en los medios para que también la oposición pueda difundir el voto nulo y blanco, que son las opciones a las que se adscriben. ¿Cuál es la postura del TSE?El TSE no toma postura. El Tribunal actúa en cumplimiento de la norma establecida y la norma plantea que todo lo que es la acción en los medios de comunicación es una competencia exclusiva del órgano para hacer la difusión de: los órganos que van a hacer elegidos, el perfil y difusión de las propuestas de los y las candidatas y lo que es la información sobre la motivación de participación en el hecho electoral y lo que es el alcance del sistema de votación.Fuente: paginasiete.bo