Toda persona que llegue desde el extranjero, sin importar su nacionalidad ni de dónde venga, deberá cumplir estas obligaciones. Las medidas están destinadas a contener el ingreso de nuevas variantes del Covid.
Fuente: Unitel
Bolivia inicia el mes de abril con varias medidas que buscan contener el ingreso de variantes del coronavirus, como la temida P1 de Brasil. El cierre temporal de fronteras con Brasil por siete días y el reforzamiento de las medidas de control del ingreso desde el exterior del país son parte de estas acciones.
En el caso de los viajeros que llegan desde el exterior, ya sean bolivianos o foráneos, se ha decidido incrementar los controles a su ingreso al país.
A partir de este viernes 1 de abril rigen estos requisitos:
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Para viajar a Bolivia
Prueba RT-PCR negativa certificada para personas mayores de cinco (5) años de edad:
-Hasta setenta y dos (72) horas antes de su embarque en el país de origen, para personas nacionales o extranjeras provenientes del exterior del país por vía aérea;
-Hasta setenta y dos (72) horas antes de su ingreso al Estado Plurinacional de Bolivia para personas nacionales o extranjeras, que ingresen a territorio nacional por vía terrestre, fluvial o lacustre.
Tras ingresar al país
-Aislamiento al menos por diez (10) días luego de su ingreso a territorio boliviano que será controlado y monitoreado de acuerdo a normativa vigente del Ministerio de Salud y Deportes;
–Presentación de una declaración jurada del lugar de estadía en territorio boliviano;
– Realizar la toma de muestra para la prueba RT-PCR al séptimo día de aislamiento, cuyo costo deberá ser cubierto por el pasajero; en caso de ser positivo el resultado, se procederá a dar cumplimiento al protocolo correspondiente;
-Antes de ingresar al territorio boliviano los pasajeros extranjeros que no tengan residencia permanente en Bolivia deberán contar con un seguro de salud con cobertura para la Covid-19, que cubra los gastos para su tratamiento.
Excepciones
El decreto señala algunas excepciones: personas que residen en poblaciones fronterizas, quienes deberán cumplir requisitos específicos a ser establecidos por Resolución Multiministerial; pasajeros y tripulación de vuelos de evacuación médica, vuelos de socorro, vuelos de ayuda humanitaria, vuelos de carga, vuelos especiales y solidarios.
También quedan exceptuados conductores y ayudantes del transporte internacional de carga y de mercancía de cualquier naturaleza, vinculados con la importación y exportación por vía terrestre, fluvial o lacustre, para su ingreso a territorio boliviano; conductores y/o propietarios de vehículos de transporte terrestre, fluvial o lacustre deben cumplir los protocolos establecidos por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda para la desinfección de sus medios de transporte así como la desinfección de la carga y mercancía transportada en estos.
También se exceptúa las personas pertenecientes a misiones diplomáticas, misiones especiales, organismos internacionales, especialistas y técnicos en diferentes áreas.
En el caso de los viajeros que ya tenían programado su viaje antes de la publicación del decreto, y con carácter excepcional, excepto países limítrofes, que tengan podrán ingresar al territorio boliviano con la presentación de la prueba RT-PCR para la Covid-19 negativa no mayor a las setenta y dos (72) horas previa a su salida del país de origen y estarán exentas de contar con un seguro de salud con cobertura para el Covid-19, máximo hasta siete (7) días calendario posteriores a la entrada en vigencia de la presente norma, es decir, hasta el 8 de abril.