Opositores critican fallo del TCP sobre reelección de Evo


Polémica. Doria Medina recuerda a Morales que en el 2008 renunció a un tercer mandato. Antelo llama a la unidad de la oposición para respetar la CPE en las urnas.

Martes,  30 de Abril, 2013

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Ref. Fotografia: Aprobado. Evo Morales está habilitado para ir a una reelección, así lo determinó ayer el Tribunal Constitucional.

Rechazo contundente. Es la expresión de las autoridades opositoras referente al fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en el que declara constitucional la reelección de Evo Morales para un tercer mandato.

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El presidente del TCP, Ruddy Flores Monterrey, dijo que fueron declarados constitucionales cuatro artículos de los seis que tiene  el proyecto de Ley de Aplicación Normativa, entre ellos el punto que viabiliza la reelección de Morales y García Linera a la cabeza del Movimiento Al Socialismo (MAS).

La norma en análisis destaca la figura de reelección, refiriéndose únicamente al Presidente y Vicepresidente. Si estos fueron elegidos en vigencia del nuevo régimen constitucional, se encuentran habilitados para la reelección, dado que una interpretación literal de la disposición transitoria primera, se extrae que los mandatos anteriores a la vigencia de la Constitución, seguirán computándose hasta la posesión de las nuevas autoridades, desprendiendo el mismo resultado si se considera la interpretación sistemática de la referida disposición transitoria.

Los artículos 1, 2, 3 y 4 (este último dice: "de conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Constitución Política del Estado, el presidente y vicepresidente elegidos por primera vez a partir de la vigencia de la Constitución, están habilitados para una reelección por una sola vez de manera continua), fueron declarados constitucionales". "El proyecto de ley no contradice la Constitución,  se ha dispuesto con toda certeza, los siete magistrados de Sala Plena de forma unánime han determinado la constitucionalidad del artículo cuarto", dijo Flores.
Molestia y rechazo. Tras conocerse el fallo del TCP, los líderes opositores Samuel Doria Medina, de Unidad Nacional (UN); Germán Antelo, de Nuevo Poder Ciudadano; y Juan del Granado, del Movimiento Sin Miedo (MSM); rechazaron la acción manifestando por separado su molestia por la determinación. "Lamentablemente teníamos la certeza de que el fallo iba a salir favorable a Evo Morales. El Tribunal Constitucional se ha sometido a esta ilegal, inconstitucional, ilegítima e inmoral decisión del MAS y de Evo en ir a una tercera reelección en contra del la constitución", dijo el líder del MSM.

Mientras que Doria Medina recordó que en octubre del 2008, Morales dijo no ser ambicioso y que renunciaba a la posibilidad de ir a un tercer mandato en el país. "Exigimos al presidente que cumpla con su palabra y con las normas y que no vaya a la reelección", puntualizó Doria Medina.

Por su parte, Antelo coincidió por separado con el diputado opositor de Convergencia Nacional (CN), Luis Felipe Dorado, en que los líderes que conforman los partidos opositores del país se unan y hagan cumplir la Constitución en las urnas. "Tenemos que unirnos y demostrarle al pueblo un nuevo programa para que ellos se sumen al proyecto, porque con esta acción, el tribunal constitucional ha demostrado que está pagando la factura política con el MAS, después de la supuesta elección de magistrados que hubo", manifestó Antelo.

El fallo fue emitido días después de que rechazara el recurso que presentó la oposición en contra de la reelección de Evo.

Leyes
Normas que cuestionan la posibilidad del tercer mandato

Cumplimiento. En el parágrafo II de la Constitución Política del Estado (CPE), en donde establece, la Disposición Transitoria, señala que "los  mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones".
También existe:

La Ley de Régimen Electoral Transitorio aprobada en 2009,  en su artículo 25 (II) señala que: “En aplicación de la disposición transitoria primera, parágrafo segundo, de la Constitución Política del Estado, el cómputo de los mandatos constitucionales se regirá de conformidad a los siguientes:

a) Se computará como primer periodo el mandato vigente a tiempo de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado.

b) Para el efecto del cómputo se considerarán los mandatos correspondientes al mismo cargo electivo".

Punto de vista

Saúl Paniagua
Abogado Constitucionalista

"Puede darse un juicio de responsabilidad y una demanda internacional"
El Tribunal Constitucional es la instancia que protege el cumplimiento de la Constitución política del Estado, si no lo hace este no hay quién más. Se debe solicitar al TCP una complementación y enmienda. Existe una responsabilidad del TCP al habilitar a un tercer mandato al presidente y esto implica un juicio de responsabilidades y si esto no prospera también está posibilitado la demanda internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque están violando mis derechos de elector al imponerme un candidato que no está en el marco de lo que dice la Constitución del país.

Fuente: El Día