Gobernación de Santa Cruz destituye a dos directores departamentales


Saddam Pinto, director Departamental de Turismo; y Lidia Mayser, directora de Género han sido cesados de sus funciones. Pinto asegura que su destitución carece de sustento legal.

 

«Estoy sorprendido y agradecido eternamente con el gobernador Luis Fernando Camacho. Lo vengo acompañando desde las luchas cívicas de 2019 cuando él  era presidente del Comité Cívico y hasta hoy seguimos firmes en la lucha por la libertad, la democracia y la libertad de todos los presos políticos. (…) Hoy me llega el memorándum,  sin la firma del gobernador y sin la resolución, de que ya no soy Director de Turismo y Cultura. me sorprende esta decisión», dice Pinto en el video que divulgó en las redes sociales.



Según Pinto, el memorándum es del 28 de septiembre, pero recién lo recibió el 2 de octubre. «Tengo un hijo de 4 meses, la Ley del Trabajo me ampara y no ven el daño que le están haciendo a la institución. Es una pena que el gobernador no se entere de lo que está pasando en la Gobernación. Personas que no han sido parte de las luchas, en vez de gobernar, están desgobernando la institución.(…) Querido gobernador, espero verlo pronto en Santa Cruz. Lastimosamente las personas que toman decisiones a nombre suyo lo están haciendo mal», expresó.

Con respecto al cambio de Lidia Mayser, la ex directora escribió lo siguiente en sus redes sociales: “Hoy terminé mi gestión en la Gobernación de Santa Cruz. Agradecida con el gobernador Luis Fernando Camacho por la oportunidad que me dio de aprender y trabajar interinstitucionalmente por mejorar nuestro hermoso departamento y dar esperanzas con políticas públicas, dirigidas a nuestras mujeres. Seguiré soñando con una Santa Cruz libre de violencia”.

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El memorándum que se entregó a Mayser es del 2 de octubre y señala:  “Habiendo tomado conocimiento de la resolución 1487 de fecha 28 de septiembre de 2023, comunico a usted que deberá coordinar con la Dirección de Recursos Humanos para el pago de vacaciones que le corresponden de acuerdo a ley y hacer la entrega de un informe final sobre el estado de los procesos pendientes a su cargo, además de la devolución de credencial, sello institucional y activos asignados a su unidad correspondiente».

Respuesta de la Gobernación

Sobre el tema, desde la Gobernación emitieron un comunicado explicando la destitución de Saddam Pinto.

«Este lunes 2 de octubre, en algunos medios de prensa circuló un video donde el exdirector de la Dirección de Turismo del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, Saddam Pinto, da una versión equivocada sobre un cambio de personal ocurrido en nuestra institución», comienza indicando el documento y detalla dos puntos claves.

El primero, apunto a que, «en el mencionado video, el señor Saddam Pinto aduce que el memorándum en el que se le comunica su destitución carece de resolución. Conforme a lo establecido en la Ley Departamental No. 284, Ley de Organización del Ejecutivo Departamental LOED, la designación de un Director Departamental se materializa mediante una Resolución Administrativa de designación emitida por el Gobernador del Departamento. Este acto administrativo de designación de personal jerárquico, conforme las normas administrativas, entra en vigencia desde el momento de su publicación en la Gaceta Departamental».

Es más, sostiene que «el 2 de octubre del presente año, una vez que la resolución de designación de la nueva Directora Departamental de Turismo, entró en vigencia mediante publicación en la Gaceta Departamental, la Directora de Recursos Humanos de la Gobernación, mediante nota oficial procedió a comunicar al director saliente, que habiendo quedado sin efecto su designación y conforme a norma corresponde cumplir con los formalismos de presentación de informes y entrega de credenciales«.

En el segundo punto hace referencia a la supuesta inamovilidad laboral de Pinto. «Es necesario mencionar que las normas que regulan la administración pública, así como las líneas jurisprudenciales vigentes emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), establecen que los funcionarios de libre nombramiento que ocupan funciones jerárquicas dentro de la administración pública no gozan del derecho de inamovilidad laboral por ser padres de hijos menores de un año de edad».

Es por esta razón «que los cargos jerárquicos de dirección no pueden verse limitados en su libre disponibilidad, ya que de ser así se pondría en riesgo el desarrollo normal de la administración pública».

Y remarca que «en ese sentido al tratarse de un cargo de dirección jerárquica dentro de la administración pública, la inamovilidad laboral no es aplicable en el caso del Sr. Saddam Pinto».