Vicepresidencia solicita aclaración del fallo que legaliza el negocio de bonos de carbono en Bolivia

Una sentencia del Tribunal Constitucional levanta la prohibición de comercialización de bonos de carbono en Bolivia establecida en la Ley Marco de la Madre Tierra. En Bolivia, la tierra tiene derechos.

El Madidi es uno de los parques referenciales de conservación del medioambiente en Bolivia. / Foto: RRSS

 

eju.tv
Juan Carlos Véliz / La Paz



La Vicepresidencia solicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional una aclaración y complementación sobre la sentencia 0040/2024 que legaliza el negocio de los bonos de carbono en Bolivia.

«La Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia informa a la opinión pública que ha presentado formalmente una solicitud de aclaración, complementación y enmienda ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) respecto a la Sentencia Constitucional Plurinacional No. 0040/2024, emitida el 19 de junio de 2024. Dicha sentencia fue notificada a esta institución el día 7 de agosto de 2024», señala un comunicado publicado por esa instancia.

=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas

La solicitud de aclaración se conoce después de que el TCP, integrado por magistrados autoprorrogados desde enero de este año. declaró inconstitucional una parte de la Ley de la Madre Tierra con lo que legalizó el negocio de los bonos de carbono.

La solicitud de la Vicepresidencia; no obstante, no ingresa al fondo del fallo sino a una alusión que se encuentra en el fallo en sentido de que esta instancia «no presentó el informe correspondiente dentro del plazo establecido».

«Sin embargo, dicha afirmación no refleja la realidad de los hechos, ya que la notificación de la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta y el Auto de Admisión fue debidamente recibida y contestada por esta entidad el 1 de noviembre de 2023, cumpliendo con el plazo legal establecido de 15 días», argumenta la Vicepresidencia.

También puede leer: Bolivia rechaza el sistema de Bonos de Carbono en la COP26

El artículo demandado ante el Tribunal Constitucional es el parágrafo 5 del artículo 32 de la Ley Marco de la Madre Tierra que indica que «Todos los planes y programas de reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), estarán enfocados en la no mercantilización de las funciones ambientales de los componentes de la Madre Tierra, por lo que no incluirán mecanismos de financiamiento asociados a los mercados de carbono”.

El demandante es un diputado evista que argumenta que dicha ley vulnera el derecho a un medio ambiente sano y se antepone a tratados internacionales sobre el tema.

Sin mayores fundamentos, el TCP declaró la inconstitucionalidad de la frase «estarán enfocados en la no mercantilización de las funciones ambientales de los componentes de la Madre Tierra, por lo que no incluirán mecanismos de financiamiento asociados a los mercados de carbono».

En consecuencia, ahora no está prohibida la comercialización de bonos de carbono en el país aunque Bolivia ratificó el Acuerdo de París, refrendado mediante la Ley 835 del 17 de septiembre de 2016, que amplió el uso de los bonos de carbono a países desarrollados como en desarrollo.

Los bonos de carbono, también conocidos como créditos de carbono, son instrumentos financieros diseñados para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Cada bono de carbono representa el derecho a emitir una tonelada métrica de dióxido de carbono (CO2) o una cantidad equivalente de otro GEI.

La Vicepresidencia al final de su comunicado indica que ratifica su compromiso con el respeto a las normas constitucionales y procesales, así como con la defensa de la Madre Tierra y la no mercantilización de sus funciones ambientales.