Jacqueline Patiño
¿Existe un “enemigo” en el derecho penal? En realidad, he escuchado hablar de víctimas, de delincuentes, de criminales, pero no de enemigos. Es que en el derecho penal normal, parece que no se contempla esta figura. Debe ser porque se supone que en un estado de derecho, existe un conjunto de leyes que protegen a las personas de quienes violan las leyes y les hacen daño.
Pero para Jakobs, cuando ese conjunto de leyes no se cumple, y el ciudadano se ve restringido cada vez con más fuerza en sus derechos, surge la posibilidad de que se esté utilizando el Derecho Penal del Enemigo. Para Manuel Cancio Meliá, este tratamiento del enemigo existe, pero no se debe legitimar llamándolo “derecho penal”, sino más bien se debe reconocer que este tipo de persecución existe solo en estados de excepción, es decir, en dictaduras.
Ambos tienen razón. La existencia del Derecho Penal del Enemigo queda al descubierto cuando vemos que sus características teóricas se corresponden exactamente con la realidad que vivimos en los países acosados por dictaduras socialistas que se empeñan en parecer democráticas. Veamos los tres elementos que caracterizan el Derecho Penal del Enemigo:
“El primero de ellos es que en las regulaciones que le son propias se verifica un marcado adelantamiento de la punibilidad. En este sentido corresponde destacar que en estas normas, el punto de referencia no es ya el hecho cometido, sino el hecho futuro.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
En segundo lugar, las penas previstas son elevadas de modo desproporcionado con relación al hecho cometido. Como se advierte en el punto anterior, se trata de conductas lejanas al resultado lesivo tal como tradicionalmente lo concebimos, incluso ni siquiera implica la creación de un riesgo no permitido.
Y en tercer lugar existe una flexibilización de ciertas garantías del proceso penal que incluso pueden llegar a ser suprimidas” (Derecho Penal del Enemigo, Facundo J. Marín Fraga).
Es decir, que existe el derecho penal del ciudadano, y el derecho penal del enemigo, que se convierte en enemigo porque no se adhiere, no se conforma, no está de acuerdo, con la dictadura o la supresión del estado de derecho.
En el caso boliviano, está claro que en el caso terrorismo, por ejemplo, no se están juzgando hechos concretos como tal, sino “los hechos que podrían haber sucedido si no acababan con la célula terrorista”. Si se estuviera juzgando los hechos cometidos, las penas, en muchos casos, ya se hubieran cumplido. Pero el estado está ciego a esa realidad. Y en tercer lugar, el derecho al debido proceso de estos ciudadanos ha sido flexibilizado de tal forma en su contra, que nunca en la historia ha habido antecedente de una mayor criminalización de personas en nuestro país, sin tomar en cuenta los hechos que sucedieron, sino basados simplemente en “lo que podrían haber llegado a hacer”-
Está en manos de los juristas entendidos en estos temas, elevar una voz de protesta contra este tipo de utilización política de la justicia. Recordemos que son demasiadas familias sufriendo cárcel, exilio, y muerte civil, por demasiados años, sin ninguna garantía de que encuentren una real justicia en sus casos.
Los casos de Felipe Moza y José Vaca, el primero con más de cinco años de cárcel cuando su pena hubiera sido de cuatro años, y el segundo con cárcel domiciliaria, que no le permite salir ni siquiera a trabajar como se debe, y que ha tenido ya unas cien audiencias que no se realizaron, nos muestran el sufrimiento de ciudadanos que están lejos de ser criminales peligrosos. Son políticos opositores, nada más, ni nada menos. ¿Pagarán con sus vidas el haber caído en manos de la justicia en dictadura socialista? Esa es la pregunta que corroe y amarga el espíritu de todo ciudadano libre.
Los muertos dentro del uso y abuso del derecho penal del enemigo, nos traen al alma nombres como José María Bakovik, Guillermo Fortún, o Fernando Kieffer. Pero los propios socialistas no están libres de esta espada de Damocles. Los exilados, son más de 700. Sus familias, tienen que cubrir gastos de abogados, todos los días. Tienen que cuidarse de no caer muertos como ha ocurrido ya en anteriores ocasiones. Y el menor número de juicios que les han impuesto, es de 20. ¡Veinte juicios! Ya no podemos seguir sin conversar sobre estos temas.
Comencemos pues. Reto a todo abogado nacional y a todo ciudadano que tiene conocimiento sobre la violación de los Derechos Humanos que existe en nuestro país, a presentarlos en este evento que se llevará a cabo desde el 14 de mayo al 14 de junio del presente mes, en línea, y pueden participar todos y todas, dar sus opiniones al respecto, pero sobre todo compartir sus experiencias acerca de cómo se sienten al respecto, cómo les ha afectado, o cuales creen que deben ser los temas que vayan a tocarse en el primer seminario nacional que se va a realizar en junio de este año, respecto al uso del derecho penal del enemigo en nuestro país.