Tahuichi Tahuichi Quispe afirma que el partido político no cumple con el requisito de antigüedad contemplado en el art. 55 de la Ley 1096. La Sala Plena del TSE analizará su situación.
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Boris Bueno Camacho / La Paz
El vocal del TSE, Tahuichi Tahuichi Quispe, anunció que, de acuerdo con una valoración inicial, el partido político Autonomía para Bolivia – Súmate (APB – Súmate) no cumple con el requisito de antigüedad contemplado en el artículo 55 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas para participar en las elecciones generales de agosto, ya que no tendría los seis meses necesarios para su participación debido a que la convocatoria será emitida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el próximo mes de abril.
El parágrafo II del artículo 55 de esa norma especifica que “el reconocimiento de la conversión debe ser realizado hasta seis (6) meses previos a la convocatoria al proceso de elección de autoridades y representantes, en los niveles nacional y subnacionales del Estado Plurinacional de Bolivia”. La conversión es el proceso a través del cual una organización política modifica su alcance o naturaleza, tal cual sucedió con el partido de Manfred Reyes Villa.
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“En el caso específico de la conversión, la ley 1096 señala que debe estar tramitada al menos seis meses antes de la convocatoria y la resolución de personería jurídica por conversión en el caso de APB – Súmate es del pasado cinco de diciembre, entonces, por la temporalidad, no se ajusta al artículo 55; por ello, para evitar cualquier confusión, se está trabajando el informe jurídico, una vez que la Sala Plena tome conocimiento de este informe, vamos a adoptar una decisión respecto a este caso”, precisó.
Foto: captura pantalla
APB – Súmate se convirtió en un partido de alcance nacional el pasado 5 de diciembre de 2024. La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE), mediante Resolución TSE-RSP-ADM N° 0453/2024 determinó otorgar la personería jurídica al frente del actual alcalde de Cochabamba al haber cumplido con el requisito de registro de firmas para tal efecto; sin embargo, en el momento en que el ente electoral emita la convocatoria a los comicios presidenciales, esa organización tendrá tan solo cuatro meses de conversión.
“Aparentemente, estaríamos con esa primera lectura, partimos de la primera idea de que no está dentro de estos tiempos, pero para una valoración absolutamente legal, la Sala Plena ha determinado que la Unidad Jurídica haga el análisis y en función a eso vamos a tomar alguna determinación que probablemente será la siguiente semana cuando tomemos la decisión sobre el caso de APB – Súmate”, subrayó la autoridad electoral.
Empero, el portavoz de esa tienda política, Diego Brañez, afirmó que ese partido y su candidato están plenamente habilitados para participar en las elecciones generales, porque “esa medida (de los seis meses) era aplicable siempre y cuando se hubieran llevado a cabo las elecciones primarias que establecían plazos, fechas y cronogramas al calendario electoral y que condicionaban a las organizaciones políticas la constitución de plazos y alianzas.
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Por otra parte, el vocal afirmó que el tiempo para la aprobación de la ley de redistribución de escaños ‘está vencido’, porque la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) debió sancionar la norma hasta el pasado 31 de diciembre y que, en la actualidad, ‘estamos en un tiempo extra como en el fútbol’ hasta el próximo 15 de enero y reiteró que, si hasta esa fecha no lo hace, el TSE solamente se tomará en cuenta la actual distribución para la convocatoria a las presidenciales.
“Si se aprueba o no la distribución de escaños no pone en riesgo ni afecta a la elección presidencial 2025, estamos esperando esta fecha y si no aprueban o se dan una pausa para aprobar la nueva distribución hasta después de la elección presidencial, esa nueva distribución cobrará vigencia a partir del año 2031, porque cada 10 años se hace un censo, con esto quiero señalar que no afecta en absoluto (la elección)”, certificó.
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Tahuichi afirmó que no se trata de un capricho, sino a un criterio técnico, debido a que la oficina de Geografía Electoral del Órgano Electoral requiere un tiempo de noventa días, como mínimo, para trabajar en la cartografía electoral; vale decir, en la programación de los asientos electorales, la ubicación de los recintos y la cantidad de mesas, para que las justas puedan llevarse a cabo el próximo 10 de agosto.
“Del 15 (de enero) al 10 de abril son menos de 90 días, el esperar podría poner en riesgo la elección presidencial 2025”, aseveró el vocal para luego anunciar que el otro tema que preocupaba al ente electoral, es decir, la provisión de recursos económicos sobre todo para el voto en el exterior ya fue zanjado con el anunció del Órgano Ejecutivo, que comprometió la disponibilidad de 20 millones de dólares para ello, lo que da mayor certidumbre a los connacionales que residen en otros países.
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Afirmó que una vez garantizada la parte financiera, resta ‘blindar jurídicamente’ las presidenciales; en consecuencia, el Órgano Legislativo debe incorporar a los vocales del TSE a la ley 044, para que se beneficien del Caso de Corte o Juicio de Responsabilidades, tal cual fue la recomendación de la Organización de Estados Americanos (OEA), con el objetivo de que tengan las condiciones para llevar a cabo el proceso sin temor a procesos legales como ocurrió con las judiciales; caso contrario, esos comicios no están garantizados.