Mencionó que se contabilizó al menos seis recursos, pero en el TCP se tiene tres registros, uno del diputado Israel Huaytari, que está en la Comisión de Admisión desde el 15 de abril; otro del TSE, a pedido de una nación indígena, y otra del diputado Miguel Antonio, contra la Ley de Organizaciones Políticas.
eju.tv / Video: Ministerio de Justicia
El ministro de Justicia, César Siles, aseguró este lunes que las elecciones generales del 17 de agosto no corren ningún riesgo de suspensión, pese a la presentación de al menos seis acciones constitucionales que han generado preocupación en distintos sectores, incluido en el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Afirmó que en el caso de que alguno de los recursos interpuestos ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) tenga efecto, será para un comicio electoral futuro y no para el que ya está en curso, en referencia a la de este año.
“En el caso de que el TCP declare inconstitucional la norma vigente, la misma regirá para lo venidero, no para esta elección, del que ya se tiene aprobado un calendario electoral. No existe una posibilidad legal o constitucional de que se suspendan las elecciones por uno u otro motivo; las medidas cautelares no pueden ir en detrimento del proceso electoral”, afirmó la autoridad, en conferencia de prensa.
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Recordó que estas acciones, actualmente en trámite o en proceso de presentación, giran en torno a dos temas: la paridad de género en el binomio presidencial y la participación de pueblos indígenas en las elecciones generales. Sin embargo, dejó en claro que incluso en el caso de que el TCP declare inconstitucional alguna norma vigente, los efectos de dicha sentencia serán aplicables únicamente a procesos futuros, no al proceso electoral en curso.
Insistió que el Órgano Ejecutivo garantiza el tratamiento de las leyes solicitadas por el TSE, como la referida a la paridad de género, actualmente en consideración en la Cámara de Diputados. En ese sentido, aclaró que será la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), y no el TCP, la única instancia competente para modificar la Ley 1096.
“El TCP no es competente para modificar leyes. Lo más que puede hacer es exhortar a la ALP o al Órgano Ejecutivo a considerar modificaciones, si así lo establece en una sentencia constitucional. La competencia legislativa es exclusiva de la Asamblea”, subrayó.
Sobre la posibilidad de que organizaciones o pueblos indígenas originario campesinos participen en las elecciones generales, Siles recordó que la Ley 1096 limita esa participación al ámbito subnacional, tal como se viene aplicando en procesos anteriores. “Ese tema está jurídicamente zanjado. Legalmente, los pueblos indígenas no pueden participar en elecciones generales como agrupación, salvo que un diputado presente un recurso para cuestionar esa disposición. Pero reitero, incluso si se declara inconstitucional, esa decisión no afectará el proceso actual”, explicó.
Mencionó que desde su cartera de Estado se contabilizó al menos seis recursos, pero en el TCP se tienen tres registros, uno del diputado Israel Huaytari, que está en la Comisión de Admisión desde el 15 de abril; otro del TSE, a pedido de una nación indígena, y otra del diputado Miguel Antonio Roca, contra la Ley de Organizaciones Políticas. En todos los casos, la Comisión de Admisión debe reunirse para analizar, aceptar o rechazar dicha acción.
Finalmente, Siles destacó el compromiso institucional alcanzado en el reciente encuentro multipartidario e interinstitucional, en el que participaron representantes del Órgano Ejecutivo, Legislativo, Electoral y Judicial.