El jurista comparó la situación con el caso de Richard Choque, condenado por feminicidio, señalando que “nadie puede volver a pedir la revisión extraordinaria de una sentencia que ya está firme”. Asimismo, remarcó que la responsabilidad de velar por los derechos y garantías de la exmandataria, al igual que la de otros privados de libertad, corresponde a la Dirección de Régimen Penitenciario.
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Jorge Nina, abogado de la exdiputada Lidia Patty, aseguró este lunes que el nuevo recurso de revisión extraordinaria presentado por la expresidenta Jeanine Áñez en el caso “Golpe de Estado II”, ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), es inviable, ya que no cumple con los requisitos establecidos en la normativa. Dijo que el Auto Constitucional 173/2025 ya declaró inadmisible un recurso similar presentado anteriormente
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«Ya existe un Auto Constitucional 173/2025 que ha declarado inadmisibles esos recursos. En consecuencia, este recurso no ha sido objeto de ninguna presentación de acción de amparo por falta de fundamentación y motivación, una carencia que muestra que no se siguió el camino correcto. Por ello, se entiende que el tribunal debería rechazar este recurso, tomando en cuenta que ya no está acorde a procedimiento», indicó el jurista.
El jurista comparó la situación con el caso de Richard Choque, condenado por feminicidio, señalando que “nadie puede volver a pedir la revisión extraordinaria de una sentencia que ya está firme”. Asimismo, remarcó que la responsabilidad de velar por los derechos y garantías de la exmandataria, al igual que la de otros privados de libertad, corresponde a la Dirección de Régimen Penitenciario, conforme establece la Ley de Ejecución de Penas. Esta norma además establece que los detenidos preventivos deben estar apartados de las personas que ya están cumpliendo condena.
La posición de Nina se da luego que en esta jornada, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Romer Saucedo, confirmó que el recurso presentado por Áñez “está en revisión” y que una magistrada fue sorteada para verificar si cumple o no con los requisitos de admisibilidad. El pasado 17 de septiembre, el TSJ ya había declarado inadmisible el primer recurso extraordinario de revisión interpuesto por la exmandataria, quien cumple una condena de 10 años de prisión por el caso “Golpe de Estado II”.
La revisión extraordinaria constituye el último recurso legal presentado por la defensa de Áñez para revertir la condena de 10 años de prisión dictada en 2022, tras ser acusada de asumir la presidencia de manera irregular en noviembre de 2019. Mientras dure este proceso, la exmandataria permanecerá recluida en el Centro de Orientación Femenina de Miraflores, en La Paz.