«La norma es de cumplimiento obligatorio una vez promulgada», indicó la senadora Virginia Velasco (MAS) y señaló que «de ninguna manera hay una condonación» porque «la deuda se tiene que pagar»
Por: eju.tv / Video: Bolivia Tv
La ley que «difiere» el pago de créditos establece un «período de gracia» de seis meses para el pago de créditos de viviendas sociales y para la micro y pequeña empresa. En ese periodo se congelan los intereses y el capital, pero además se suspenden los embargos y remates.
Así lo ha explicado la senadora del Movimiento Al Socialismo (MAS), Virginia Velasco, quien además precisó que durante ese tiempo no se podrán activar procesos judiciales ni otras medidas legales «y no podrá haber interés sobre interés».
«La norma es de cumplimiento obligatorio una vez promulgada», indicó y señaló que «de ninguna manera hay una condonación» porque «la deuda se tiene que pagar».
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«Es una suspensión temporal de seis meses de los procesos judiciales. Con esta ley, los bancos no van a poder rematar, van a tener que esperar seis meses, tampoco pueden subir las tasas de interés», sostuvo.
Velasco indicó que el reglamento debe aprobarse en el plazo de 10 días y destacó que la norma beneficia a 1,4 millones de prestatarios que, en su mayoría, son artesanos.
El artículo 3 de la norma establece que «las entidades de intermediación financiera y las entidades de arrendamiento financiero que operan en el territorio nacional, por el plazo de seis (6) meses, computables a partir de la publicación de la presente Ley, deben conceder un periodo de gracia automáticamente a los pagos de las cuotas de los créditos otorgados para vivienda de interés social y de los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, comprendiendo dichas cuotas el pago a capital e intereses, seguros comisiones y otros cargos».
«Comprendiendo dichas cuotas el pago a capital e interés, seguros comisiones y otros cargos», se añade.
El artículo 2 de norma señala que «para los prestatarios que se encuentren con acciones judiciales por cobro de dinero emergente de créditos de vivienda de interés social otorgados por las entidades de intermediación financiera, se dispone que por el plazo de seis (6) meses, computables a partir de la publicación de la presente Ley, quedan suspendidos en todo el territorio nacional las órdenes judiciales de embargo así como la ejecución de sentencias, remates y desapoderamientos y otras medidas judiciales que puedan afectar o recaer sobre los bienes objeto de garantía».
La ley fue derivada al Órgano Ejecutivo para su promulgación. Fue propuesta por los sectores afectados, aunque algunos dirigentes ya hablan de la condonación de intereses.