La ley prioriza como beneficiarios a los recién nacidos prematuros, de bajo peso, hijos de madres adolescentes, lactantes en situación de abandono o aquellos cuyas madres padecen enfermedades que impiden la lactancia directa. Asimismo, la norma prohíbe expresamente la comercialización o tráfico de leche humana, reafirmando su carácter solidario y gratuito.

La Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto de Ley 072/2024-2025, denominado “Ley de Implementación de la Red Nacional de Bancos de Leche Humana”, una propuesta de norma que busca garantizar el derecho a la vida, la salud y la nutrición de los recién nacidos en todo el territorio nacional. Tiene como objetico fortalecer las políticas públicas de atención a la primera infancia, promoviendo la lactancia materna, y fue impulsada por el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, y la mesa técnica de la niñez y adolescencia. La norma fue remitida a la Cámara de Diputados para su respectivo tratamiento.
“Aprobamos una ley que protege la vida, la salud y la nutrición de nuestros niños y niñas, reafirmando nuestro compromiso con la primera infancia. Hemos impulsado esta norma desde la presidencia del Senado, en un trabajo conjunto con la Mesa Técnica de Niñez y Adolescencia, para hacer posible: bancos de leche humana destinados al análisis, conservación y distribución gratuita bajo prescripción médica; centros de recolección, que garanticen la donación segura de leche materna; salas de lactancia y cuidados especiales en hospitales y lugares de trabajo, promoviendo la lactancia materna y el cuidado integral de la primera infancia, y una red que salva vidas», sostuvo Rodríguez, en una publicación en sus redes sociales.
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La Red Nacional de Bancos de Leche Humana estará conformada por bancos de leche, centros de recolección, salas de cuidados especiales y salas de lactancia en hospitales y centros laborales, bajo la rectoría del Ministerio de Salud y Deportes. Los bancos de leche humana funcionarán como centros especializados para el análisis, conservación y distribución gratuita de leche materna bajo prescripción médica, según el detalle oficial.
Los centros de recolección se encargarán de recibir la leche donada, garantizar su seguridad y coordinar su traslado. Las salas de cuidados especiales atenderán a niñas y niños hospitalizados que requieran alimentación con leche materna, mientras que las salas de lactancia en lugares de trabajo público y privado facilitarán que las madres puedan extraer y conservar la leche para sus hijos.
La ley prioriza como beneficiarios a los recién nacidos prematuros, de bajo peso, hijos de madres adolescentes, lactantes en situación de abandono o aquellos cuyas madres padecen enfermedades que impiden la lactancia directa. Asimismo, la norma prohíbe expresamente la comercialización o tráfico de leche humana, reafirmando su carácter solidario y gratuito.