Una autorización para compra local es un documento con el cual una persona natural o jurídica puede efectuar la compra de sustancias controladas de un proveedor autorizado y registrado en la Dirección General de Sustancias Controladas.

A partir de este lunes, ya no será necesario realizar trámites administrativos ante la Dirección General de Sustancias Controladas (DGSC) para la compra local del diésel, tras su exclusión excepcional y temporal de la Lista V de Sustancias Químicas Controladas, aspecto que generaba retrasos en la otorgación de permisos a los interesados, lo que afectaba la provisión del carburante en las estaciones de servicio.
Esa instancia dependiente del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas del Ministerio de Gobierno, informó que, la medida se adopta en cumplimiento del Decreto Supremo N° 5503, de 17 de diciembre de 2025, y de la Resolución Ministerial N° 280, de 18 de diciembre de 2025, para garantizar el abastecimiento oportuno y continuo de combustibles en el país, al eliminar procesos administrativos que generaban demoras y espacios de corrupción.
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La DGSC comunicó a los administrados que, “desde el lunes 22 de diciembre de 2025, deja de ser obligatorio realizar trámites en el Sistema de Estado Digital ED-6 relacionados con la sustancia química diésel, en estricto cumplimiento de la normativa vigente”.
Al respecto, el viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas, Ernesto Justiniano, explicó que esta decisión responde a una política integral orientada a normalizar el suministro de carburantes y mejorar las condiciones para la actividad productiva y el transporte. “Queremos que la ciudadanía entienda que con esta medida se pone fin a prácticas irregulares, al contrabando de combustibles terminamos las largas filas, antes no había combustible, un día hacían cola, un día trabajaban”, afirmó la autoridad.

El Decreto Supremo N° 5503 establece un conjunto de medidas excepcionales orientadas a restablecer la estabilidad macroeconómica, recuperar la liquidez interna, fortalecer las reservas internacionales y asegurar el suministro de combustibles a nivel nacional.
En ese marco, la Resolución Ministerial N° 280 dispone, en sus cláusulas primera y segunda, el retiro excepcional y temporal del diésel de la Lista V de Sustancias Químicas Controladas al suspender el requisito de Autorización Previa (AP) ante la DGSC. Esta decisión busca asegurar el abastecimiento de diésel para el transporte, la producción, la agroindustria y los sectores estratégicos del país.
Estas acciones forman parte de una política institucional integral del Gobierno Nacional, orientada a fortalecer la seguridad energética, brindar certidumbre a los sectores productivos y ratificar el trabajo permanente del Estado para preservar el abastecimiento de carburantes en todo el territorio nacional.