Subnacionales: Órgano Electoral supervisa la elección de 72 representantes indígenas


La labor inició este viernes en el pueblo Mosetén, en el departamento de La Paz, y continuará el 2 de febrero, en la Nación Indígena Originaria Yampara, en Chuquisaca.

Por eju.tv / La Paz



El Órgano Electoral Plurinacional (OEP), a través de los tribunales electorales departamentales, inició en el pueblo Mosetén, en el departamento de La Paz, la elección de 72 autoridades políticas (36 titulares y 36 suplentes) por procedimientos propios en los nueve departamentos del país, en el marco de las elecciones subnacionales.

Se trata de la actividad 34 del Calendario Electoral de las Elecciones Subnacionales 2026 y se la ejecuta a solicitud de las autoridades y organizaciones de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos (NPIOC) además del Pueblo Afroboliviano.

=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas

En el ejercicio de la democracia comunitaria, las NPIOC y el pueblo afroboliviano eligen autoridades políticas al interior de los espacios orgánicos y de decisión colectiva, como son la asamblea, ñemboati, tantachawi, tantakuy, el congreso o el cabildo, instancias convocadas por autoridades del autogobierno y las entidades de representación, conforme a sus normas y procedimientos propios.

La labor inició este viernes en el pueblo Mosetén, nación indígena amazónica de aproximadamente 3.642 habitantes (Censo, 2024) asentada principalmente en el departamento de La Paz, que elige a dos asambleístas departamentales, uno titular y otro suplente.

Posteriormente, para el 2 de febrero, según solicitud se supervisaría la elección de dos asambleístas departamentales (titular y suplente) de la Nación Indígena Originaria Yampara, cuya población aproximada de 3.830 (Censo, 2024) habita principalmente en las provincias de Yamparáez y Zudañez del departamento de Chuquisaca, cita un reporte de Fuente Directa.

La supervisión estará a cargo de una comisión técnica del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) y se realizará en el marco de la Ley Nº 1700, los Estatutos Autonómicos, las Cartas Orgánicas Municipales, la legislación departamental y municipal vigente, que reconocen la representación política de las NPIOC y el pueblo afroboliviano para estas elecciones subnacionales.