La recusante alegó que Ávila no puede ser parte del análisis de esa apelación porque ya emitió un criterio sobre el tema públicamente, lo que pone en duda su imparcialidad para dirimir el caso.

Fuente: ANF
La ciudadana Ceneida Segundo presentó una recusación contra el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, para que sea apartado para el tratamiento del recurso de apelación a la inhabilitación de Mario Cossio, como candidato a gobernador de Tarija.
El Tribunal Departamental Electoral de Tarija inhabilitó a Cossio por presuntamente no cumplir el requisito de residencia permanente en territorio nacional debido a su exilio político. Sin embargo, el candidato presentó una apelación a la máxima instancia para reconsiderar su inhabilitación porque alegó que existe jurisprudencia que le permite defender sus derechos políticos.
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Al respecto, la recusante alegó que Ávila no puede ser parte del análisis de esa apelación porque ya emitió un criterio sobre el tema públicamente, lo que pone en duda su imparcialidad para dirimir el caso.
“El 4 de diciembre del 2025, el actual presidente del Tribunal Supremo Electoral, Gustavo Antonio Ávila Mercado, en ese entonces vocal del TSE, manifestó públicamente su criterio jurídico respecto a la situación que hoy constituye el núcleo del presente proceso, a través de una entrevista”, dice la recusación a la que tuvo acceso la ANF.
En ese entonces, Ávila defendió el derecho político a postular de los ciudadanos exiliados y mencionó que varias sentencias del Tribunal Constitucional protegen ese derecho constitucional.
“Por lo expuesto, al amparo del artículo 220 de la Ley 026 del Régimen Electoral, solicito a su autoridad: 1) se admita la presente recusación contra el Presidente del Tribunal Supremo Electoral, Gustavo Antonio Ávila Mercado. 2) Se disponga su apartamiento del conocimiento y resolución del recurso de apelación referido al proceso de inhabilitación del candidato a Gobernador del departamento de Tarija, Mario Cossio”, dice el petitorio de la recusante.

