Gobierno impulsa régimen impositivo especial para emprendedores, luego de tres años migrarán al general


Se trata del SIETE-RG y se aplicará un monotributo que integrará el Impuesto al Valor Agregado (IVA); el Impuesto a las Transacciones (IT); y el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y/o el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).

Por eju.tv / La Paz / Video: Asuntos Centrales

El Gobierno nacional presentó a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que crea un régimen tributario especial para emprendedores denominado SIETE-RG, que establece que luego de tres años migrarán de forma automática al régimen general.



Se trata del proyecto de ley 246/2025-2026 que establece un “régimen tributario especial para el apoyo al emprendimiento empresarial, productivo y profesional, denominado Sistema Integrado Especial de Transición para Emprendedores al Régimen General – SIETE-RG”.

El presidente Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Jorge Zogbi, explicó, a Asuntos Centrales, que se trata de un régimen intermedio entre el simplificado y el general.

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Con el SIETE-RG se aplicará un monotributo a emprendedores, se integrará el Impuesto al Valor Agregado (IVA); el Impuesto a las Transacciones (IT); y el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y/o el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).

El presidente Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Jorge Zogbi. Foto: Archivo SIN

Podrán acogerse a este régimen especial, las empresas unipersonales inscritas en el Registro de Comercio o las personas naturales que ejerzan una profesión u oficio de forma libre o independiente.

Deberán contar con ingresos anuales que no superen los Bs 400.000 y hasta dos establecimientos, sucursales o agencias.

Los contribuyentes del SIETE-RG pagarán bimestralmente un monotributo del 5% de sus ventas brutas y emitirán facturas electrónicas.

El artículo 7 de la propuesta establece que los contribuyentes del SIETE-RG, que cumplan con el periodo transitorio de tres años computables a partir de su inscripción, pasarán automáticamente del SIETE-RG al Régimen General de Tributación y en ningún caso migrarán a alguno de los regimenes especiales”.