Los límites de la calle: cuando la protesta deja de ser derecho y se vuelve asedio


Por Ramiro Sánchez Morales

En Bolivia, la protesta social ocupa un lugar central en la vida democrática. La Constitución, la jurisprudencia constitucional y el sistema interamericano la reconocen como una forma legítima de expresar disenso, reclamar derechos y visibilizar demandas que muchas veces no encuentran otro cauce institucional eficaz. Defender ese derecho es indispensable para cualquier sociedad que se pretenda libre.



Pero una democracia seria no se construye sobre absolutos. El derecho a la protesta no es una patente para paralizar ciudades, cercar carreteras, impedir el paso de ambulancias o convertir la necesidad de millones en instrumento de presión. La propia Defensoría del Pueblo recordó que la protesta debe ser pacífica, no violenta y, fundamentalmente, no debe afectar los derechos de otras personas. Cuando eso ocurre, el problema deja de ser la manifestación de una demanda y pasa a ser la degradación del espacio público en un mecanismo de coacción colectiva.

Ese es el punto que con demasiada frecuencia se evita decir con claridad: los bloqueos prolongados y generalizados no encuentran amparo constitucional cuando anulan de forma sistemática otros derechos fundamentales. La libertad de locomoción, el derecho al trabajo, el acceso a la salud y, en casos extremos, la propia vida de quienes dependen de medicamentos, alimentos o atención oportuna, no pueden quedar suspendidos por la voluntad de grupos que han decidido medir su fuerza sobre la asfixia de terceros . Protesta sí; asedio no.

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La Constitución no protege privilegios de fuerza

La doctrina de la ponderación sirve precisamente para desmontar el discurso simplista según el cual basta invocar un derecho para volverlo inmune a cualquier límite. El Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido que la ponderación no funciona con una lógica de “todo o nada”, sino como una tarea de optimización que busca lograr el mayor equilibrio posible entre los valores y derechos en juego. Esa idea tiene una consecuencia práctica decisiva: ningún derecho puede ejercerse de modo tal que vacíe de contenido esencial a otro.

Además, la jurisprudencia constitucional boliviana ha dejado sentado que los derechos fundamentales no tienen jerarquía entre sí, por lo que no existe un supuesto “derecho superior” a protestar que permita anular sin más la libre circulación, el trabajo o la salud de los demás. Si todos los derechos tienen igual jerarquía, la solución constitucional no consiste en dejar que uno aplaste a los demás, sino en armonizarlos dentro de parámetros de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

Visto así, una marcha que hace visible una demanda puede ser constitucionalmente legítima, aunque genere incomodidades razonables. Pero un bloqueo que interrumpe por días el abastecimiento, impide el traslado de enfermos, inmoviliza transportistas, castiga al pequeño comerciante y ahoga a familias enteras ya no es una simple expresión de descontento. Es una forma de presión que convierte a la ciudadanía en rehén de un conflicto ajeno.

El derecho a la protesta también tiene condiciones

La CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión reconocen que la protesta social es una manifestación protegida por la libertad de expresión y de reunión pacífica, y que el Estado tiene el deber no solo de respetarla, sino también de facilitarla. Sin embargo, esos mismos estándares indican que la respuesta estatal y el análisis jurídico deben considerar la legalidad, la necesidad y la proporcionalidad de las restricciones, así como la protección de los derechos de terceros.

Eso significa que la protesta constitucionalmente protegida no es cualquier cosa que se haga en nombre de una causa política. No todo corte es una asamblea, no toda obstrucción es deliberación y no toda presión es expresión democrática. Cuando la medida adoptada se sostiene sobre el daño deliberado a la vida cotidiana de la población, el derecho cambia de naturaleza: deja de ser un ejercicio legítimo de libertad y se aproxima a una forma de imposición material sobre el resto de la sociedad.

En Bolivia, esta distorsión se ha vuelto especialmente grave porque ciertas movilizaciones ya no parecen orientadas solo a reclamar soluciones, sino a escalar la conflictividad hasta volver ingobernable la normalidad. Esa lógica no fortalece la democracia: la desgasta. Y mientras más se normalice que el sufrimiento de terceros es una herramienta válida para forzar decisiones, más se consolida una cultura política que reemplaza la deliberación por el cerco y la persuasión por el bloqueo.

El deber del Estado: legalidad, firmeza y prudencia

Que los bloqueos no sean constitucionales no significa que el Estado pueda responder de cualquier manera. La CIDH ha insistido en que el uso de la fuerza en contextos de protesta debe ser excepcional, progresivo y de último recurso, bajo parámetros estrictos de legalidad, necesidad y proporcionalidad. La Policía no está autorizada para castigar; está obligada a proteger derechos y restablecer el orden jurídico sin extralimitarse.

Pero tan dañina como la represión excesiva es la pasividad cómplice.

Un gobierno que permite que carreteras, ciudades y servicios esenciales queden sitiados durante días incumple su deber de garantizar la libre circulación, el abastecimiento, la atención médica y la seguridad de la población. El monopolio legítimo del uso de la fuerza pertenece al Estado precisamente para evitar que actores sectoriales o redes de poder informal impongan su voluntad sobre el conjunto de la sociedad por la vía de los hechos.

En ese marco, la obligación estatal es doble.

Primero, debe abrir espacios reales de diálogo y atender las causas del conflicto antes de que escale. Segundo, cuando la protesta rebasa los límites constitucionales y se transforma en bloqueo lesivo de derechos ajenos, debe aplicar la ley con firmeza, inteligencia y control judicial. No para criminalizar la disidencia, sino para impedir que la democracia quede secuestrada por estrategias de presión que prosperan precisamente cuando la autoridad titubea o llega tarde.

Una ciudadanía atrapada en conflictos ajenos

El gran olvidado de esta discusión suele ser el ciudadano común. La madre que no consigue medicamentos, el trabajador que pierde el jornal, el transportista detenido por días, el estudiante que no puede rendir un examen, el enfermo que no logra llegar a un hospital: todos ellos son titulares de derechos y no pueden ser tratados como daños colaterales aceptables. La democracia no puede pedirles paciencia infinita mientras otros convierten su sufrimiento en argumento táctico.

Por eso conviene decirlo sin eufemismos: la protesta pacífica merece la máxima protección; el bloqueo que estrangula la vida colectiva merece límite constitucional. No porque el orden valga más que la libertad, sino porque la libertad de unos termina donde comienza la supresión efectiva de la libertad de otros. Esa es la esencia de la ponderación y también la base mínima de una convivencia decente.

Un cierre necesario

Bolivia necesita recuperar una verdad elemental: la calle puede ser espacio de expresión, pero no de dominio. La protesta ennoblece a la democracia cuando visibiliza injusticias; la degrada cuando se convierte en método para paralizar al país y disciplinar a la sociedad por agotamiento. Y en tiempos en que ciertas agendas parecen alimentarse más de la prolongación del conflicto que de su solución, el Estado tiene el deber de distinguir entre el derecho que merece protección y la presión que exige contención legal.

La Constitución no ampara el chantaje colectivo. Ampara libertades, derechos y garantías para todos. Si la protesta quiere conservar su legitimidad moral y jurídica, debe renunciar al bloqueo como forma de castigo social. Y si el poder público quiere recuperar autoridad democrática, debe dejar de oscilar entre la debilidad y el exceso: tiene que gobernar, hacer cumplir la ley y proteger a la ciudadanía. Porque cuando la calle deja de ser tribuna y se vuelve cerco, ya no estamos ante una democracia vibrante, sino ante una sociedad puesta a prueba por quienes han aprendido a convertir la crisis en método.