La nueva ley promulgada por el presidente Rodrigo Paz abroga completamente la Ley 1341 de 2020. Juristas advierten que la figura del Estado de excepción sigue vigente en la Constitución, aunque ahora sin una regulación específica complementaria.

El presidente Rodrigo Paz promulgó este 26 de mayo la Ley 1732, mediante la cual se abroga completamente la Ley 1341 de Estados de Excepción, norma aprobada en julio de 2020 durante la presidencia del Senado ejercida entonces por Eva Copa y que fue promulgada por ella misma ante la negativa de la entonces presidenta Jeanine Áñez Chávez.
La nueva disposición contiene un solo artículo y elimina formalmente la normativa que regulaba los procedimientos, controles y alcances de los estados de excepción en Bolivia. “Artículo único. Se abroga la Ley N° 1341 de 23 de julio de 2020, de Estados de Excepción”, señala textualmente la ley promulgada por el Ejecutivo.
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La decisión se produce en medio de la crisis política y social más compleja que enfrenta el país desde la posesión de Rodrigo Paz, con un país atosigado por los bloqueos, enfrentamientos, la asfixia a las ciudades de La Paz y El Alto, pero, sobre todo, los pedidos de renuncia impulsados por sectores afines al evismo.
La Ley 1341 fue aprobada el 23 de julio de 2020 con el objetivo de reglamentar el artículo 137 de la Constitución Política del Estado (CPE), referido a los estados de excepción. La norma establecía procedimientos, límites temporales, controles legislativos y obligaciones específicas para el Ejecutivo en caso de declararse conmoción interna, amenaza externa, desastre natural, o situaciones que pusieran en riesgo la seguridad del Estado.

Entre otros aspectos, la ley fijaba los plazos de duración, los mecanismos de control parlamentario, los límites sobre restricciones de derechos, las obligaciones de información internacional, así como las responsabilidades administrativas y penales en caso de abusos.
Sectores que promovieron su abrogación sostuvieron que la norma había generado ‘candados’ jurídicos que reducían la capacidad de respuesta estatal frente a situaciones críticas de conflictividad interna; empero, la desaparición de la Ley 1341 no elimina el estado de excepción del ordenamiento jurídico boliviano, ya que está reconocido directamente en la Constitución Política del Estado, específicamente en el artículo 137.
Ese artículo constitucional establece que el presidente del Estado puede declarar estado de excepción “en caso de peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural”. Además, la Constitución señala que la medida debe ser aprobada posteriormente por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
En términos jurídicos, lo que desaparece ahora es la ley reglamentaria que desarrollaba y detallaba cómo debía aplicarse esa facultad constitucional; entonces, con la promulgación de la Ley 1732, el estado de excepción queda regulado de manera directa por la Constitución Política del Estado (CPE), los tratados internacionales sobre derechos humanos, la jurisprudencia constitucional y el control político de la Asamblea Legislativa

El Ejecutivo mantiene intacta la facultad constitucional para declarar un estado de excepción; sin embargo, algunos advierten que la ausencia de una ley secundaria específica puede abrir espacios de interpretación sobre alcances, límites, controles, duración y aplicación concreta de las restricciones extraordinarias. No todos piensan así, hay otros políticos que aseveran que la abrogación no es una ‘carta libre’ para el presidente.
La analista política Susana Bejarano sostuvo que la norma eliminada era un ‘candado’ para evitar el uso desproporcionado de la fuerza estatal contra las protestas sociales y que protegía las movilizaciones sociales de eventuales excesos del poder político. “La abrogación deja un vacío legal, porque los artículos que regulan en la Constitución el estado de excepción deben ser reglamentados con una ley”, puntualizó.
En contrarruta, el diputado del Partido Demócrata Cristiano (PDC), Ricardo Rada, señaló que la abrogación de la ley 1341 de Estados de Excepción, no significa otorgarle al presidente una facultad irrestricta para que las Fuerzas Armadas salgan a reprimir a la ciudadanía. “No le estamos dando una carta libre al presidente para que salgan las Fuerzas Armadas a disparar contra la ciudadanía”, aclaró al recordar que la CPE marca los límites de aplicación.
En consecuencia, cualquier futura declaratoria deberá apoyarse directamente en la Constitución y en estándares internacionales sobre proporcionalidad y respeto de derechos fundamentales, controles que están implícitos en la CPE y el bloque de constitucionalidad.
La norma, que fue sancionada por la Asamblea Legislativa y promulgada esta madrugada por el presidente Rodrigo Paz, entró en vigor mientras el país sufre 26 días de conflictividad social, con bloqueos instalados principalmente en La Paz, El Alto y carreteras estratégicas en seis de los nueve departamentos.