Alivio financiero: Bancos ya reciben solicitudes, ¿qué debe saber?


Las entidades financieras evaluarán cada caso de forma individual y tendrán un plazo de hasta 30 días para analizar las solicitudes presentadas.

 

Fuente: Red Uno



Cristina Cotari

Las entidades financieras del país comenzaron a aplicar el Decreto Supremo 5630 de Alivio Financiero, una medida impulsada por el Gobierno para beneficiar a personas y empresas que vieron afectada su capacidad de pago debido a los bloqueos y conflictos sociales registrados durante las últimas semanas.

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Solicitud será voluntaria

El representante de la Fundación Cocha Libre, Antonio Fernández, explicó que el acceso a este beneficio no será automático, sino que dependerá de una solicitud expresa del prestatario.

“La norma establece el procedimiento para acceder de manera voluntaria a las medidas de alivio financiero. Esto significa que los prestatarios deben solicitar ante su entidad financiera el refinanciamiento o la reprogramación de su deuda”, señaló.

Podrán acogerse al beneficio personas naturales y jurídicas que cuenten con créditos de consumo, vivienda, familiares, unipersonales u otros otorgados por el sistema financiero y que puedan demostrar que sus ingresos fueron afectados por los conflictos y bloqueos.

Diferencias entre reprogramación y refinanciamiento

Fernández explicó que la reprogramación permite modificar las condiciones de un crédito vigente para adecuarlo a la situación económica actual del cliente.

“Se pueden modificar aspectos como el plan de pagos, los plazos o el tiempo de cancelación del crédito”, indicó.

En tanto, el refinanciamiento implica una nueva estructura crediticia diseñada para facilitar el cumplimiento de las obligaciones financieras del prestatario.

La normativa aclara que esta modalidad no se aplicará a operaciones de arrendamiento financiero o leasing.

Periodo de gracia de hasta seis meses

Uno de los principales beneficios contemplados en el decreto es la posibilidad de acceder a un periodo de gracia de entre uno y seis meses.

Durante ese tiempo, los beneficiarios no deberán realizar pagos de capital, intereses, seguros, comisiones ni otros cargos relacionados con el crédito.

Sin embargo, la norma establece que los intereses y demás costos generados durante el periodo de gracia no serán eliminados, sino que serán cobrados posteriormente mediante cuotas distribuidas en el nuevo cronograma de pagos.

Asimismo, el cobro de esos montos comenzará tres meses después de concluido el periodo de gracia, con la posibilidad de ampliar el plazo total del crédito para evitar un incremento excesivo de las cuotas.

Bancos evaluarán cada caso

Las entidades financieras contarán con un plazo de 30 días calendario desde la publicación del decreto para recibir y evaluar las solicitudes.

“Las entidades financieras realizarán una evaluación individual de cada caso”, precisó Fernández.

Mientras dure el análisis de la solicitud, los bancos no podrán aplicar intereses por mora ni modificar el estado de la obligación crediticia. Si la solicitud es rechazada, la entidad deberá fundamentar su decisión.

Historial crediticio no será afectado

Otro de los aspectos destacados de la normativa es que la reprogramación o refinanciamiento no implicará una reclasificación del cliente en una categoría de mayor riesgo.

Esto significa que acceder al beneficio no perjudicará el historial crediticio del prestatario ni modificará su calificación financiera. Además, la tasa de interés deberá mantenerse en las mismas condiciones del crédito original, salvo que el cliente acuerde una tasa más favorable.

Supervisión estará a cargo de la ASFI

El decreto también dispone que las aseguradoras mantengan vigentes las coberturas vinculadas a los créditos durante el periodo de gracia, sin aplicar recargos ni modificar las condiciones de las pólizas.

Finalmente, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) será la encargada de fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo 5630.

Las personas interesadas en acceder al beneficio deberán acudir a su entidad financiera, presentar la documentación requerida para demostrar la afectación económica sufrida y esperar la evaluación correspondiente. Cada banco deberá publicar en su página web los requisitos específicos para acceder a estas medidas de alivio financiero.