Un Abogado constitucionalista experto evalúa el tratamiento, contratos y garantías del proyecto de ley.

na votación en el hemiciclo de la Cámara de Diputados de Bolivia. Foto: Diputados
Por Rodolfo Aliaga
El proyecto de Ley de Inversiones volvió a la Asamblea Legislativa y con ello se reactiva una discusión que va más allá de la aprobación de una nueva norma: la duda emerge entorno a si Bolivia ofrece seguridad y estabilidad para atraer inversiones.
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El Gobierno considera que sí. Para la administración de Rodrigo Paz, la aprobación de esta ley es una pieza importante para atraer capital nacional y extranjero, generar actividad económica y abrir nuevas oportunidades de empleo.
Pero en el Legislativo y entre especialistas persisten dudas sobre el contenido de la propuesta y, principalmente, sobre su compatibilidad con la Constitución.
El Gobierno reenvió el proyecto a la Asamblea el 27 de agosto, después de que el documento fuera devuelto el 18 por una observación técnico-administrativa. La devolución no tenía relación con el contenido de la iniciativa, sino con la documentación que acompañaba el proyecto.
La diputada de Alianza Popular y miembro de la Comisión de Planificación, Sandra Hinojosa, confirmó que el proyecto ya se encuentra nuevamente en esa instancia legislativa y anticipó que se apunta a un tratamiento justo ya que no existen observaciones.
“El documento de la Ley se ha devuelto, pero nuevamente está aquí en la Comisión de Planificación. El problema era una hoja en blanco, pero esta ya cuenta con el foliado correspondiente y no se ven más observaciones”.
Superado ese inconveniente administrativo, el proyecto retoma ahora su ruta legislativa.
Ley
El abogado constitucionalista y docente investigador Farit Rojas Tudela observa contradicciones con la Constitución y el tratamiento de los contratos de inversión. Advierte que las garantías que se ofrecen a los inversionistas podrían resultar insuficientes a largo plazo.
El procedimiento legislativo opera en dos etapas”, explica. La primera corresponde a la Cámara de Diputados, considerada cámara de origen. Si la comisión da su visto bueno, el proyecto pasa al pleno para su tratamiento. Si es aprobado, será remitido al Senado, donde deberá seguir nuevamente el camino de comisión, informe y tratamiento en el pleno.
Por ahora, la comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas se encuentra en una etapa de socialización, escenario en el que podrían surgir dos grandes tipos de observaciones.
La primera apunta a que el proyecto no sería suficiente para resolver los problemas que pretende atender. Rojas cuestiona, por ejemplo, la creación de una Agencia Nacional de Inversiones cuya fuente de financiamiento sería el Tesoro General de la Nación (TGN), pese a que —según observa— esos recursos no estarían contemplados en el Presupuesto General del Estado (PGE).
El letrado también señala que, en lugar de simplificar los procedimientos, la propuesta podría generar nuevas instancias y trámites tanto para la inversión nacional como extranjera.
Restricciones
El segundo bloque de observaciones apunta al contenido de fondo. Para el constitucionalista, existen disposiciones que podrían interpretarse como un intento de flexibilizar restricciones establecidas por la Constitución en sectores estratégicos. El punto más sensible: los contratos de inversión.
Uno de los principales focos de conflicto está, según Farit Rojas Tudela, en el artículo 67 del proyecto, referido a los contratos de inversión de interés público.
“Los parágrafos I y II establecen los contratos que requerirían aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). Sin embargo, sostiene que los parágrafos III y IV generan una ruta distinta”.
El parágrafo III contempla la posibilidad de desarrollar contratos modelo. Para Rojas, el problema surge cuando se establece que los contratos individuales que se acojan a esos modelos no necesitarían una aprobación legislativa previa y, en cambio, serían objeto de una posterior “ratificación”.
“La figura de la ratificación no se encuentra en la Constitución”, sostiene Rojas. Desde su perspectiva, una ley no puede introducir una figura que termine modificando tácitamente lo establecido por la norma fundamental.

Contratos
A ello se suma otra contradicción en el artículo 67. Mientras un apartado del proyecto regula los contratos de inversión de interés público, en otra disposición se establece expresamente que entre las actuaciones que no constituyen este tipo de acuerdos se encuentran los “de inversión”.
La observación se relaciona también con el artículo número 68, que —según el abogado— termina definiendo los contratos de inversión como contratos de inversión de interés público.
El artículo 72 vuelve a generar cuestionamientos, debido a que establece que estos contratos serían aprobados mediante decreto supremo. Para el jurista, esto podría significar, en los hechos, reducir o eliminar la participación de la Asamblea en la aprobación de determinados contratos.
Rojas identifica una situación muy similar en la parte de las alianzas público-privadas (APP).
El proyecto desarrolla esta figura y remite buena parte de su regulación a decretos supremos. El artículo 74 las define como acuerdos entre el Estado y un privado, mientras que el artículo 83 establece elementos similares a los de un contrato de inversión.
Inversión
De acuerdo con el constitucionalista, esto podría convertirse en una vía para evitar que determinadas operaciones sean consideradas formalmente como contratos de inversión y, por tanto, queden sujetas a las exigencias constitucionales correspondientes.
Parece ser una manera de escapar a la palabra contrato de inversión”, afirmó a este medio.
Su preocupación central puede resumirse en un concepto: “vaciamiento constitucional”.
El experto explica que se produciría cuando una norma de menor jerarquía —una ley o incluso un decreto— modifica en los hechos la manera en que debe entenderse o aplicarse una disposición constitucional.
“Si una Constitución pudiera ser modificada por normas de menor jerarquía, no sería una Constitución”, sostiene.
El proyecto de Ley de Inversiones se encuentra todavía en una fase inicial de su recorrido legislativo. Antes de llegar al pleno de Diputados deberá superar el análisis de la comisión y, posteriormente, atravesar el Senado.
Pero para el abogado Farit Rojas el debate no debería limitarse simplemente a la pregunta de cómo atraer las inversiones, sino también a qué condiciones jurídicas, fiscales, ambientales y constitucionales debe cumplir el Estado boliviano para hacerlo.

Cavero advierte que puede ahuyentar capital
Para el exministro de Planificación y economista Ramiro Cavero existe un importante riesgo en torno a la nueva Ley de Inversiones: que la norma termine haciendo más difícil, y no más fácil, la decisión de invertir en Bolivia.
En entrevista con La Razón, Ramiro Cavero advirtió que el proyecto como tal, en su estructura actual, puede convertirse en una barrera para los inversionistas debido a la burocracia y a la discrecionalidad que, a su criterio, incorpora para acceder a determinados beneficios tributarios.
Su análisis económico se concentra principalmente en dos aspectos: el arbitraje internacional y el sistema diseñado para evaluar las inversiones que podrían acceder a incentivos fiscales.
“El primer problema que tiene la ley es que va contra la Constitución”, sostuvo, al referirse a la incorporación del arbitraje.
En su criterio, este mecanismo debería estar respaldado por una modificación constitucional y no únicamente por una ley. Mientras esa adecuación no exista, considera que el proyecto difícilmente podrá ofrecer a los inversionistas la certeza que necesitan antes de comprometer capital.
Para un inversionista, explica, no basta con saber cuánto puede ganar. También necesita saber qué ocurrirá si las reglas cambian, si surge un conflicto con el Estado o si las condiciones bajo las cuales tomó la decisión dejan de existir.
El segundo cuestionamiento tiene que ver con la Agencia Nacional de Inversiones, que tendría entre sus funciones evaluación de proyectos y asignación de una puntuación para determinar el acceso a ciertos beneficios.
“No hagamos que las empresas vengan, desfilen, les demos un puntaje”, planteó el economista.
Cavero reconoce, sin embargo, como un aspecto positivo la Ventanilla Única de Inversiones, que permitiría concentrar en un solo espacio público trámites que actualmente deben realizarse ante distintas instituciones en el país.
