Culpan al gobierno del retraso en aprobación y aplicación de leyes

Juristas y una opositora aseguran que hay una sumisión legislativa al gobierno de Evo Morales. Judicial. Expertos consideran que se atentan contra los derechos fundamentales la falta de aplicabilidad de algunas normas nacionales.

Culpan al Ejecutivo del retraso de las leyes

imageEL DÍA, Santa Cruz

Ref. Fotografia: Ejecutivo. Opositores culpan a Palacio Quemado del retraso en aplicabilidad de las leyes aprobadas en el Legislativo Nacional.



El retraso en la aplicación de algunas leyes nacionales ocasiona perjuicio a la población boliviana.

Según expertos en Derecho y una representante de la oposición, el principal responsable es el Poder Ejecutivo que impone sin el consenso de los interesados y el Legislativo por estar sumiso a las decisiones del Gobierno nacional.

El Ejecutivo usurpó funciones. El  constitucionalista Saúl Paniagua comentó que el Poder Ejecutivo usurpó funciones del Legislativo y del Judicial.

«Cada ley nace de un debate parlamentario y no de una imposición de uno de los poderes, la cámara de origen que es la de Diputados, deberían generarse todas las leyes», explicó el jurista.

Dijo que cuando se carece de independencia de los Órganos del Estado,  el Ejecutivo a la cabeza del presidente Evo Morales, se convierte en instrumentador y generador del poder.

Ante el retraso de las normas nacionales, se provoca inseguridad jurídica y se atenta contra los derechos fundamentales de las personas como el derecho a la vida, la educación, la salud y mantener los criterios de equidad y justicia.

Retraso en la aprobación y la aplicación. Mientras que el expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Edwin Rojas, mencionó que hay retraso en la aprobación y en la aplicación de las normas nacionales.

Tomó como ejemplo el Código de Procedimiento Civil (CPC) que todavía no se puede implementar, el Código de Familia respecto al tema de Niño, Niñas y Adolescente y la Ley del Notariado que se encuentra congelada por un Recurso Constitucional.

Explicó que hay normativas que están durmiendo en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), como es el caso del Código Tributario, Código de Comercio y la Ley General del Trabajo, necesarias para mejorar la administración de justicia. 

Atrasos que inciden en la retardación del Poder Judicial y el perjuicio de la población en la realización de trámites con leyes obsoletas.

Carecen políticas de Estado. Para la expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Silvia Salame, manifestó que los retrasos de las normas es porque el Gobierno carece de políticas de estado para sacar de la crisis que se encuentra el sistema judicial.

Aseveró que es mucho mejor para la administración de Evo Morales, la mayor desacreditación del Órgano encargado de la Justicia.

Salame mencionó que otro factor es el presupuesto para la implementación del Código de Procedimiento Civil (CPC).

Aspectos que no han sido tomados en cuenta por el Poder Legislativo y es por ese motivo, de que el Consejo de la Magistratura no los pudo implementar por falta de recursos.

Sin presupuestos para su aplicación. En esa línea, el director del Colegio Departamental de Abogados de Santa Cruz, Ángel Paz, una de las causas de la falta de aplicabilidad de las leyes es que no hay presupuestos necesarios.

«Hay una omisión del Legislativo, porque es necesario que se tomen en cuenta los recursos, caso contrario es un bleff’, comentó.

Paz mencionó que uno de los problemas es la aprobación de las normas sin cumplir con los requisitos previos que significan su ejecución real.

El jurisconsulto dijo que al final el más perjudicado es el pueblo, ya que hay una especie de vacíos jurídicos, dejando a los operadores de justicia en incertidumbre para su justa aplicación.

Utilizaron como globo de ensayo a la ALP. Asimismo, la candidata a primera diputada plurinacional por el Partido Demócrata Cristiano (PDC), Norma Piérola, denunció que el MAS, utilizó como globo de ensayo a la ALP.

Piérola dijo que el objetivo fue aprobar las cinco primeras leyes en el 2010. «Ahora la Ley del Órgano Judicial en su Disposición Transitoria Tercera, otorgó al Órgano Legislativo el plazo de dos años, para modificar los códigos y procedimientos, pero el plazo se cumplió el 23 de junio del 2012 y no se han visto los resultados».

Ante estos hechos y por los perjuicios ocasionados a la población, la exdiputada opositora comentó que los parlamentarios debieron ser demandados por incumplimiento de deberes.

El Órgano Judicial no aplica las leyes. Por su parte,  el presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Cejas, aclaró que el Órgano Judicial no aplica a cabalidad las disposiciones legales.

A esto, le suma Cejas la disposición constitucional dejando en suspenso la Ley del Notariado, que tiene que ver con el Código Procesal Civil. Por consiguiente, dijo el legislador masista, que escapa de la responsabilidad del Poder Legislativo, el cumplimiento y la situación de las normas en materia judicial. «Esto porque no hay el acompañamiento del Órgano Judicial y un ejemplo es la Ley 007 donde sigue  habiendo retardación de justicia», sentenció.

CPE

Atribuciones de la Asamblea Plurinacional

CPE. (Atribuciones de la ALP). Artículo 158. I.   Son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, además de las que determina esta Constitución y la ley:

1. Aprobar autónomamente su presupuesto y ejecutarlo; nombrar y remover a su personal administrativo, y atender todo lo relativo a su economía y régimen interno.

2. Fijar la remuneración de las asambleístas y los asambleístas, que en ningún caso será superior al de la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado. Se prohíbe percibir cualquier ingreso adicional por actividad remunerada.

3. Dictar leyes, interpretarlas, derogarlas, abrogarlas y modificarlas.

4. . Elegir a seis de los miembros del Órgano Electoral Plurinacional, por dos tercios de votos de sus miembros presentes.

5. Preseleccionar a los candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

Aprobación y ejecución

Normas pendientes 

Código de procedimiento civil. Debió ejecutarse desde el pasado miércoles 6 de agosto, pero al parecer por la falta de recursos no se implementa hasta la fecha en el Poder Judicial. Tiene como características la oralidad en sus procesos.

Ley del notariado. Se encuentra congelada en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), por un recurso de inconstitucionalidad que le costó el cargo a dos magistradas, que fueron suspendidas por la Cámara de Diputados.

Código de familia. Aprobado el año pasado en la Asamblea Legislativa Plurinacional; sin embargo, hasta la fecha no se ha ejecutado por la falta de adecuación del Código Niño Niña y Adolescente también por la falta de recursos.

Código de procedimiento constitucional. Normativa que quedó obsoleta ante la falta de la adecuación de la Ley del Órgano Judicial en el país con la Nueva Constitución Política del Estado, situación que dejó en la incertidumbre.

Punto de vista

Alejandro Colanzi

Abogado Penalista y exparlamentario

«Se debió modificar primero el Código Penal»

‘En materia constitucional, se señala  que la Constitución Política del Estado (CPE) se legitima en base a dos elementos fundamentales:

1. Cuando se traduce la Carta Magna en distintas leyes, es decir legitimizar dejando a un lado los antiguos códigos en la línea constitucional.

Entonces no hay legitimidad si carecen estas reformas de tipo legal.

El Código Penal debió modificarse primero antes que el de Procedimiento Penal.

Ya que la norma penal que data de 1973, no ha sido adecuado a la nueva Constitución y lo mismo pasa con el Código Civil.

Algunas normativas secundarias han sido modificadas y adecuadas, por ejemplo la Ley del Notariado, pero que no es lo esencial, porque no va a desahogar a la administración de justicia como lo está señalando el vicepresidente Álvaro García Linera, quien culpa a los tribunos constitucionales de paralizar una norma que agudiza la retardación de justicia, pero eso es una falacia, ya que pasa por otro factores.

Me pregunto, ¿por qué no se modifica el Código Penal y el Procedimiento Penal?, porque pondría en riesgo desde la perspectiva desde Palacio Quemado, los juicios políticos que instauró en el país y fundamentalmente en Santa Cruz, como es el caso Rózsa.

Ya que la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado (CPE), implicaría que los términos deben acortarse, cuando en la práctica el Poder Ejecutivo lo viene alargando.

2. La otra razón de legitimar, es que esas leyes estén reflejando la línea constitucional.

Además que tengan la capacidad de traducirse o de cumplirse.

Dicho de otra manera, hay un proceso de deslegitimar la Carta Magna por una actitud del entorno gubernamental de inviabilizar las modificaciones y las pocas leyes que se aprobaron están entrando en conflicto con la CPE y en la práctica.

Por eso que tenemos a un Parlamento Nacional que teniendo mandatos expresos en las disposiciones transitorias constitucionales, de 6 meses a 2 años para traducir las leyes, pero pasaron 5 años y no se avanzó ni siquiera un 20% de las normas previstas.

Esta situación es a raíz de un manejo confuso de la administración de justicia y del aparato institucional, solamente favorecen a quienes ejercen el poder».