Sucre: Una mujer es encarcelada por estupro

[vid url=http://cd1.eju.tv/wp-content/uploads/2018/10/PB1810080855.mp4]Una estudiante universitaria de 25 años fue enviada a la cárcel San Roque con detención preventiva por supuestamente cometer los delitos de estupro y contagio de Infección de Transmisión Sexual (ITS). Entabló una relación amorosa con un muchacho de 16 años, que resultó ser hijo de los dueños de casa donde vivía como inquilina.La denuncia se conoció en la Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia de la Alcaldía de Sucre del Distrito 5 y fue presentada por los padres de familia ante el grave estado de salud de su hijo, informó la abogada de esa oficina, Yovana Romero.La relación amorosa de la joven universitaria con el adolescente estudiante de colegio se remonta a febrero de este año. La inquilina enamoró al hijo del dueño de casa y en esa condición sostuvieron relaciones sexuales.La primera voz de alarma se escuchó cuando el muchacho enfermó con una ITS en junio y la atención médica oportuna logró que se repusiera rápidamente. No quiso revelar con quién mantuvo relaciones sexuales y tampoco se conoce si comunicó o no de esta situación a su pareja, dijo.Transcurrieron unos meses y en septiembre el adolescente volvió a enfermar de la misma ITS, pero esta vez no comunicó de su estado de salud a sus padres e intentó aguantar el mayor tiempo posible hasta que no resistió más.Cuando recién decidió avisar de su estado de salud a sus padres, éstos inmediatamente lo llevaron a un hospital, donde le diagnosticaron la ITS en estado de grave y fue internado de urgencia. El médico que atendió al adolescente reprendió al paciente y a los padres por no entablar una relación de comunicación y confianza.Allí permaneció una semana y en ese periodo contó toda la verdad. Los papás del menor de edad denunciaron el caso y ese mismo día la universitaria desocupó su habitación para marcharse a otra casa.Estupro y contagio de Infecciones de Transmisión SexualLas sanciones se encuentran estipuladas en el Código Penal:Artículo 309. (ESTUPRO). Quien mediante seducción o engaño, tuviera acceso carnal con persona de uno y otro sexo mayor de catorce (14) y menor de dieciocho (18) años, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años.Artículo 277. (Contagio de enfermedades de transmisión sexual o VIH Sida). Quien a sabiendas de hallarse atacado de una enfermedad de transmisión sexual o VIH SIDA, pusiere en peligro de contagio a otra persona mediante relaciones sexuales o extra sexuales, será sancionado con privación de libertad de un (1) mes a un (1) año.Si el contagio se produjere, por una enfermedad de transmisión sexual, la pena será de uno (1) a (3) tres años; si el contagio se produjere por la transmisión del VIH SIDA, será sancionada con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años.En caso de que del peligro de contagio, se diere por medio sexual o extra sexual y resultare víctima una Niña, un Niño o Adolescente, se sancionará con una pena privativa de libertad de tres (3) a seis (6) años. Si el contagio se produjere, la pena será de diez (10) a quince (15) años.Fuente: Gigavisión, Correo del Sur