Fracasa la elección del Defensor del Pueblo en la primera votación; Villena es el candidato «oficialista»


Votación. Albarracín obtuvo el mejor puntaje, pero consiguió la menor votación. Denuncian que el MAS había decidido utilizar su mayoría para dar la victoria a Rolando Villena.

image La Razón

Álvaro Arias – La Paz



Fracasa la elección del Defensor del Pueblo en la primera votación

En medio de irregularidades y denuncias de la oposición, el oficialismo decidió ayer en la Asamblea Legislativa suspender la elección del Defensor del Pueblo hasta la primera semana de mayo.

=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas

El argumento fue que hubo una irregularidad en la segunda votación, pero durante la sesión existió una fricción permanente entre oficialistas y opositores, debido a que estos últimos denunciaron que el MAS había decidido utilizar su mayoría para dar la victoria a Rolando Villena, no obstante que había un candidato con mayor puntaje en la calificación.

“En la segunda votación ha habido una irregularidad en la contabilidad del número de votos y el número de sobres y debido a esta irregularidad he tomado la decisión de suspender esta elección”, explicó el presidente de la Asamblea, Álvaro García Linera.

Los asambleístas debían elegir ayer entre 14 postulantes que fueron evaluados por la Comisión Mixta de Constitución, examen en el que obtuvo la mejor calificación, 73,5 puntos, el ex defensor del Pueblo, Waldo Albarracín.

El segundo lugar lo ocupó Rolando Quiroz, ex defensor del Pueblo en la ciudad de El Alto, con 65,5 puntos; y en tercer lugar quedó Villena, ex presidente de la Asamblea de Derechos Humanos de Bolivia, con 52 puntos.

La diputada Norma Piérola (PPB-CN) denunció que el oficialismo forzó el tercer lugar para Villena favoreciéndole con 30 puntos por sus vínculos con los sectores sociales.

“Villena es tercero forzado y le pusieron 30 puntos porque pertenece a movimientos sociales. ¿Por qué no dicen que es un masista redomado y un activista político del MAS?”, cuestionó.

Su colega Elizabeth Reyes (UN) también observó que “en ninguna parte de la Constitución se dice que para ser Defensor se debe tener apoyo de sectores sociales”.

La diputada Rebeca Delgado (MAS) aseguró que se hizo una calificación de acuerdo a norma e hizo notar que en la elección “puede ser elegido cualquiera de los candidatos”. Además, adelantó que el MAS apoyaba a dos.

VOTACIÓN. Ya en la tarde, los asambleístas procedieron a la votación y en la misma Villena obtuvo 55 votos, Quiroz 44 y Albarracín 33. Ninguno obtuvo los dos tercios de votos de los presentes, como lo establece el artículo 220 de la Constitución Política.

Ante esta situación, García instruyó que se procediera de inmediato a una segunda votación, lo cual fue objetado por la oposición.

El senador Bernardo Gutiérrez (PPB) argumentó que la Ley del Defensor del Pueblo (1818) determina que “en caso de no alcanzarse la votación requerida en la primera elección, deberá repetirse el procedimiento en un plazo de 15 días”. Los reclamos de los opositores no surtieron efecto, por lo que decidieron retirarse de las instalaciones de la Asamblea.

Mientras los opositores denunciaban este aspecto en una conferencia de prensa, los oficialistas realizaron la segunda votación, pero en el recuento resultó que aparecieron 112 sobres de votación cuando sólo existían 111 asambleístas en el plenario.

Como resultado, García decidió postergar la votación por 15 días. Tras concluir la sesión, García Linera sugirió que algún diputado opositor pudo meter dos sobres de votación en las ánforas. “Pudo suceder varias cosas”, dijo.

LO QUE DISPONE LA LEY 1818

La Ley del Defensor del Pueblo define que “dentro de los treinta días siguientes al pronunciamiento de la Comisión Mixta de Constitución, el Congreso Nacional elegirá al Defensor del Pueblo. En caso de no alcanzarse la votación requerida en la primera elección, deberá repetirse el procedimiento en un plazo de 15 días, y así sucesivamente cuantas veces sea necesario”.

En 1997, el congreso dio vida al defensor

El 22 diciembre de 1997, en el gobierno de Hugo Banzer Suárez, el Legislativo aprobó la Ley No. 1818 del Defensor del Pueblo.Tres meses después, Ana María Romero de Campero juró como la primera Defensora en la historia del país.

El ex mandatario Jorge Quiroga Ramírez fue el encargado, en su posición de Presidente nato del Congreso Nacional, de tomar el juramento a Romero de Campero en 1998.

El trabajo de la Defensora terminó en marzo del 2003 tras culminar con su gestión de cinco años. Romero de Campero tuvo una destacada labor. Desarrolló una ardua tarea en defensa de los derechos humanos y la institucionalidad democrática del país.

Tras Romero de Campero fueron nombrados como defensores: Carmen Ruiz Parada (interina desde abril del 2003 a diciembre del 2003); Iván Zegada (octubre del 2003, duró en el cargo 15 días); Waldo Albarracín (desde diciembre del 2003 hasta enero del 2009), y Rielma Mencias (de enero del 2009 hasta la actualidad de manera interina).

Según la Ley No. 1818, la tarea del Defensor del Pueblo es investigar y denunciar de oficio o por queja los actos u omisiones que impliquen violación de los derechos humanos, entre otros puntos.