La Corte Nacional Electoral (CNE) rechazó este lunes el fallo judicial que favorece a ex candidatos del gubernamental Movimiento Al Socialismo (MAS) para adjudicarse tres escaños en la Cámara de Diputados.
“Hay un detallé que es imposible jurídica y constitucionalmente de definir por eso no se puede aprobar este fallo”, sentenció Antonio Costas, presidente de la CNE, quien, a su vez, señaló que la Constitución impide a la corte nacional cumplir con la resolución de la sala departamental.
En este sentido, explicó que la resolución de la sala de La Paz deja sin efecto el cómputo de las Elecciones Generales 2009 y otorga un plazo de 48 horas a la CNE para que emita otra Resolución que restablezca “los derechos de los recurrentes, de tal manera que en base a un nuevo cómputo conforme a Ley, los accionantes accedan a la representación como diputados plurinacionales en los Distritos correspondientes”.
Entre los motivos que destaca Costas para encontrar contradicciones y el seguido rechazo al fallo están que en la CPE vigente no existe la categoría de Diputados Plurinacionales sólo existen los Uninominales, Plurinominales y Especiales Indígena Originario Campesinos; otro es que conforme a Ley, la CNE ya no tiene competencia legal para efectuar un nuevo cómputo de resultados con relación a las elecciones generales del 6 de diciembre de 2009.
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Asimismo, otro detalle que precisó como contradictorio fue que el Derecho Electoral establece que la manera de convertir votos en escaños es uno de los elementos fundamentales para la configuración del resultado electoral y define dos sistemas electorales: el mayoritario y el proporcional. En el mayoritario, aplicando la fórmula de convertir votos en escaños, será elegido el candidato o partido que obtiene mayoría absoluta o relativa de los votos emitidos en una circunscripción electoral; en cambio, en el sistema proporcional, el hecho de ganar o no un escaño depende de la proporción de votos que obtienen los diversos candidatos o partidos políticos.
La Paz, 9 Ago. Erbol.