Gobierno boliviano alista reversión de unas 4 mil concesiones mineras improductivas

El ministro de Minería y Metalurgia, José Pimentel Castillo anunció este jueves que el Gobierno recuperará unas cuatro mil concesiones mineras ociosas, que sólo hacen “engordar” a algunos empresarios.

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Imagen ilustrativa.

Según la autoridad, sólo el 30 por ciento de las empresas mineras que tienen concesiones realizan inversiones en el territorio nacional, las que a futuro también deben adecuarse a la nueva Ley de Minería que está trabajando el Gobierno.

“Cuando se plantee el nuevo contrato minero nos tienen que decir qué concesión van hacer, en qué tiempo van a trabajar y cuándo será la operación. Si no cumplen estos requisitos en los contratos mineros naturalmente esto va a venir en reversión”, dijo.

En la actualidad existen unas 6.000 concesiones mineras, pero las que están trabajando no pasan de las 2.000. Por esa situación se alista nuevos contratos para establecer qué empresas se quedarán en Bolivia.

“Nosotros hemos señalado, desde la oposición, que los procesos de privatización de transferencia al sector privado a través de los contratos de riesgo compartido y arrendamiento han sido totalmente ilegales porque nunca han tenido el visto bueno del Congreso Nacional de aquella época”, señaló.

Entre los inversores extranjeros, en la minería boliviana, el mayor es Sumitomo, que explota San Cristóbal, uno de los yacimientos de plata, zinc y plomo más grandes del mundo, donde se procesan diariamente 40.000 toneladas de materia prima para producir unas 1.600 toneladas de concentrados minerales.

Coeur D’Alene produce plata procesando minerales propios y otros producidos por mineros independientes en el complejo San Bartolomé del Cerro Rico de la ciudad de Potosí. Mientras, Glencore explota cinco minas, la mayoría de plomo, plata y estaño.

Estas tres empresas concentran, al menos, dos tercios de las exportaciones mineras bolivianas, dominadas por el zinc, que en el primer semestre de 2010 subieron a 1.147,83 millones de dólares, según datos oficiales.

De acuerdo al Código de Minería, la concesión minera constituye un derecho real distinto al de la propiedad del predio en que se encuentra, aunque aquella y ésta pertenezcan a la misma persona.

Es un bien inmueble, transferible y transmisible por sucesión hereditaria. Puede constituirse sobre ella hipoteca y ser objeto de cualquier contrato que no contraríe las disposiciones del Código de Minería.

Es única, es decir, otorga a su titular el derecho de realizar por tiempo indefinido actividades de prospección, exploración, explotación, fundición, refinación y comercialización de todas las substancias minerales que se encuentran en ella.

Por tanto, sus productos, equipos e instalaciones, son susceptibles de anotación preventiva, de embargo y de secuestro judicial, pudiendo el acreedor llevar la ejecución u otro litigio hasta el remate de los bienes gravados, conforme a la ley Civil.

En cumplimiento al Decreto Supremo 0726, nueve mil concesiones mineras convertidas en autorizaciones transitorias especiales migrarán a nuevos contratos que serán estructurados bajo el manto de la nueva ley minera.

Fuente: Erbol