El Gobierno prevé ajustes en el uso de los apellidos en Bolivia

Propuesta. El Gobierno perfila un Código de Familias para despatriarcalizar la familia. El esposo tendrá la opción de llevar el apellido de su pareja.

El Gobierno perfila un proyecto de ley para concebir un Código de Familias, norma que propone profundos cambios al Registro Civil con la idea de “despatriarcalizar” la familia. Con ese fin, entre otros, plantea que los hijos reconocidos no lleven necesariamente el apellido del padre.

“En el Código de Familias se incluirá (un artículo) que establezca que el reconocimiento de un hijo no implica que el padre le otorgue su apellido. El padre puede reconocerlo y asumir la obligación de la asistencia familiar, (pero) la decisión de que el hijo lleve o no el apellido paterno la tomará la madre”, explica la ministra de Culturas, Elizabeth Salguero, proyectista de la propuesta que diseña junto con el Viceministerio de Descolonización.



Según la autoridad, el planteamiento se enmarca en el proceso de descolonización y despatriarcalización del Estado Plurinacional.

Javier Hinojosa, ex director Nacional de Registro Civil, ve interesante la propuesta, pero considera que establecer el mecanismo de filiación del padre, es decir el parentesco del niño respecto al padre, será complejo. “El certificado de nacimiento acredita quiénes son los padres y si no existe el dato del padre, ¿cómo atribuirle la paternidad a una persona? El único documento que acredita la fecha, el lugar y quiénes son los progenitores es el registro de nacimiento”.

La Constitución establece que todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la identidad y la filiación respecto a sus progenitores, y que la presunción de filiación se hará valer por simple indicación de la madre o el padre. Ésta será válida salvo prueba de quien la niegue.

El reconocimiento del hijo, según el artículo 195 del Código de Familia, puede hacerse en la partida de nacimiento de Registro Civil, en el libro parroquial o en otro tiempo.

Para Rolando Villena, defensor del Pueblo, la iniciativa gubernamental puede ser leída también como una forma de promover la equidad de género. “Estoy de acuerdo con la propuesta. En este caso, la decisión de que el hijo lleve o no el apellido de su padre biológico debería tomarla la madre. Además, que esto tiene un componente muy importante para resolver la situación de inequidad que existe en nuestra sociedad”.

En cambio, el ex defensor Waldo Albarracín teme que el futuro Código afecte al derecho del padre biológico “de ser padre”, debido a que “como progenitor del hijo tiene la obligación de asumir el pago de la asistencia familiar, pero al no ser reconocido con su apellido pierde el derecho a ser padre. Resulta contradictorio, porque de la obligación de ser padre nace el derecho del hijo para exigirle que éste cumpla una serie de obligaciones”.

Villena cree, sin embargo, que “si bien se vería afectado el derecho del padre, la normativa abre la posibilidad de que el hijo no esté ligado eternamente al apellido de una persona con la cual no se siente identificada”.

De acuerdo con Abarracín, la eliminación del apellido paterno podría complicar los procesos para la admisión de la paternidad en perjuicio del niño. En la actualidad, y con base en la normativa vigente, dice: “para realizar el reconocimiento, la madre debe inscribir a su hijo en el certificado de nacimiento con el apellido paterno y materno. El documento demuestra la filiación del padre y con éste se puede iniciar el proceso ante el Juzgado de Familia para solicitar el pago de la asistencia familiar”.

“Por ello, es necesario analizar en profundidad la norma, pues en lugar de ser favorable puede ser perjudicial. Cada caso es un mundo, existen padres que no están con la progenitora, pero quieren hacerse cargo de sus hijos aunque no viven con ellos”, afirma.

Villena sugiere, con base en convenios internacionales, hacer prevalecer el interés del niño, es decir “que se le explique al menor la situación y que él sea parte de la decisión de llevar o no el apellido”.

Salguero calcula que el proyecto del nuevo Código de Familias estará listo hasta fines de junio para pasar a consideración de la Asamblea, con la idea de que se apruebe el 2012.

El esposo tendrá la opción de llevar el apellido de su pareja

Se propone además que la pareja pueda elegir el orden de los apellidos de los hijos.

image Además de los cambios al Código de Familia, el Ejecutivo trabaja en la modificación de otros en el Código Civil; uno de ellos establece, por ejemplo, que dentro de un matrimonio, el esposo podrá optar por cambiar su apellido por el de su pareja.

“Se va a incorporar en el Código Civil un artículo que permita que el esposo pueda optar por llevar el apellido de la mujer (esposa). De la misma forma, las mujeres podrán elegir si llevan el apellido de su pareja pero sin la preposición ‘de’”, dice la ministra de Culturas, Elizabeth Salguero.

Para el defensor del Pueblo, Rolando Villena, la iniciativa permitirá “nivelar las relaciones de desigualdad y romper las barreras del machismo exacerbado que existe en el país”

El artículo 11 del Código Civil fija que la mujer casada conservará su propio apellido, pudiendo agregar el de su marido, precedido de la preposición "de" como distintivo de su estado civil, y seguir usándolo aun en estado de viudez. Según Salguero, esto entra en contradicción con el artículo 74, inciso 1 del Código de Familia, que establece que para probar el vínculo matrimonial es necesario que la mujer lleve el apellido del marido. “Esto es contradictorio, por lo que se eliminará y la única forma de probar el enlace será la presentación de la partida matrimonial o certificado de matrimonio”.

La ministra, proyectista de los cambios, indica que para la modificación de apellidos se coordinará con Registro Civil y el Padrón Electoral Biométrico a fin de facilitar los trámites.

Javier Hinojosa, ex director Nacional de Registro Civil, señala que no sería lo más recomendable porque se debe defender la identidad de la persona. “Una persona no debería cambiarse el apellido por los vínculos matrimoniales.

Existen casos de mujeres que han adoptado el apellido de su pareja, lo que ha ocasionado un problema porque han tenido que cambiar todos los papeles familiares”. Aclara, sin embargo, que si la norma prevé el mecanismo de homogeneizar los registros públicos, “no habría dificultad, aunque no estoy de acuerdo”.

APELLIDOS. Por otro lado, la propuesta gubernamental de introducir cambios al Código Civil da paso a que una pareja pueda elegir libremente y en acuerdo el primer apellido que llevarán sus hijos al nacer.

“Se añadirá un artículo que permitirá que la pareja decida, según un convenio mutuo, el orden de los apellidos de sus hijos al momento de nacer. En nuestro medio no hay la posibilidad de que un niño pueda llevar el apellido de la madre y con esta norma se lo podrá hacer”, asegura.

“Este tipo de iniciativas supone un avance de igualdad de género y derechos contemplada en la Carta Magna (CPE), porque hoy en día continúa considerándose a la mujer como una ciudadana de segunda clase. Pero, es necesario que se respete el acuerdo al que lleguen”, opina el ex defensor del Pueblo, Waldo Albarracín.

El artículo 10 del Código Civil indica que el hijo lleva el apellido o apellidos del progenitor o progenitores respecto a los que se halla establecida su filiación. El sondeo de opinión que realiza La Razón en su web cada semana planteó la siguiente pregunta: ¿Cree usted que los hijos pueden llevar el apellido de la madre antes que el del padre? 91,56% respondió que No y 8,44% que Sí.

El defensor del Pueblo, Rolando Villena, también considera que “si la pareja se pone de acuerdo, sería muy interesante (aplicar la opción)”.

“Con esto se estarían rompiendo los esquemas machistas y sería un referente para sentar las bases de la igualdad de género”, agrega.

Desde el punto de vista de Hinojosa, no debería haber ninguna dificultad en el cambio de apellidos. No considera que esto ocasione problemas legales a futuro porque “el orden de los apellidos no determina la responsabilidad de los padres”.

Pago doble de asistencia

La propuesta para perfilar el nuevo Código de Familias establece también que si el padre incumple el pago de la asistencia familiar por segunda vez, deberá pagar el doble del monto adeudado.

“Según la nueva propuesta, si los padres incumplen con la asistencia familiar por segunda vez, no sólo van a ir a la cárcel sino que van a tener que pagar el doble de la pensión; la idea es que el progenitor cumpla con este beneficio”, indica la ministra de Culturas, Elizabeth Salguero.

Al momento, el incumplimiento de la asistencia familiar tiene una sanción de seis meses de cárcel. “Una vez que el demandado sale de prisión, tiene otros seis meses para cumplir con el pago y si no lo hace, es detenido otra vez”, explica el ex defensor del Pueblo y activista de Derechos Humanos, Waldo Albarracín.

El Código de Familia establece que la asistencia familiar es un derecho irrenunciable, una obligación de los padres con los hijos, aunque también es extensible a otros familiares como hermanos o abuelos.

El pago asistencial cesa cuando el padre se ve imposibilitado por temas de salud, si el hijo cumple la mayoría de edad o cuando ya tiene un oficio. El beneficio puede entregarse en especie (hay padres que se comprometen a entregar comida o ropa), pero también se debe cubrir salud y educación.

Eligió llevar el apellido de su madre por apego

El muchacho inició el proceso legal el 2010. Hoy salió a su favor

Bismarck Vargas Ugarte (ficticio) creció siempre bajo el amparo de su madre, aunque de vez en cuando recibía la visita de su padre. El año pasado, tras cumplir 25 años, decidió cambiar el orden de sus apellidos y llevar primero el de su madre. Ahora, con orgullo, se hace llamar Bismarck Ugarte Vargas.

El ex defensor del Pueblo, Waldo Albarracín, fue su patrocinador legal en este caso. Él recuerda que Bismarck argumentó su decisión de la siguiente manera: “No me identifico sentimentalmente con Vargas y como no me consultaron cuando era niño si quería llevar este apellido, no tengo porqué conservarlo en primer lugar; yo siento que mi mamá es padre y madre, y quiero llevar el apellido de mi madre en primer lugar”.

La relación de los padres de Bismarck siempre fue muy distante y superficial, agrega Albarracín, razón por la que siempre se preguntó si no tenía más derecho de llevar el apellido de su madre en primer lugar. Y fue así como tomó la decisión de buscar un abogado para lograr su cometido.

“El joven nunca tuvo la intención de negar a su padre, pero pensaba que el apellido del padre biológico debía ir en segundo plano”, cuenta Albarracín.

El joven inició un proceso ordinario ante el Juzgado de Partido de Familia; tras la presentación de varios recursos rechazados, el abogado optó por un recurso jerárquico. “Allí se consideraron los motivos por los que Bismarck pedía el cambio y el fallo resultó positivo”. Éste fue emitido el mes de febrero, pero por otros asuntos, el joven obtuvo recientemente su certificado de nacimiento con un nuevo nombre.

“Es un caso inédito. Es muy importante porque está restituyendo los derechos de una persona para elegir su identidad”, explica el ex Defensor del Pueblo.

La Razón – Aline Quispe – La Paz