Crisis. El ejecutivo advirtió que volverá a impugnar la norma.
El alcalde Percy Fernández no promulgará la ley municipal autonómica de adecuación administrativa (003/2011), por lo que deberá hacerlo el presidente del Concejo Municipal. Así lo anunció ayer el secretario de Asuntos Jurídicos de la comuna, José Negrete, señalando que una vez que entre en vigencia esta norma, el ejecutivo se reserva el derecho de presentar un nuevo recurso de inconstitucionalidad.
Postura. Ediles disidentes se manifiestan sobre la promulgación de la ley de separación de poderes. En caso de que Percy se niegue, lo hará el Concejo
En una carta enviada al presidente en ejercicio del Concejo Municipal, Freddy Soruco, el burgomaestre hace conocer que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional rechazó el recurso directo de nulidad presentado, porque “esta ley aún no nació a la vida jurídica”, además señala que proceda de acuerdo con la norma.
“No queda otra alternativa que ellos (el Concejo) tengan que promulgar la ley”, afirmó Negrete, al señalar que el concejal Soruco tiene la facultad y la atribución de promulgar la ley 003.
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Al respecto, Soruco dijo que este es un asunto entre el alcalde y sus concejales, incluso recordó que ellos han entrado a una “negociación en secreto”, refiriéndose a la reunión que sostuvieron el viernes 13 con los representantes del Senado, en la que se acordó conformar una comisión para debatir sobre las leyes municipales.
Por su lado, los siete concejales, seis de Santa Cruz Para Todos (SPT) y una del Movimiento Al Socialismo (MAS), que aprobaron esta ley, se pronunciaron ayer y criticaron al equipo de asesores del alcalde Percy Fernández, porque plantearon un recurso de nulidad a pesar de que la norma no ha sido promulgada, por lo tanto hasta el momento no se ha consolidado como un instrumento político.
Para el concejal Óscar Vargas estas acciones son acciones voluntarias para frenar el desarrollo de la autonomía del Concejo Municipal. “Los grandes autonomistas de boca, después se oponen a la autonomía”, indicó Óscar .
Adelantaron que volverán a insistir, mediante nota, que Percy Fernández promulgue la ley de forma inmediata, caso contrario el presidente del Concejo deberá hacerlo y no podrá excusarse.
Los concejales Leonardo Roca y Carlos Manuel Saavedra coincidieron en que se han cumplido todos los procedimientos, por lo tanto corresponde la puesta en vigencia, sea por el alcalde o el presidente del Concejo.
“Hay que empezar por casa”
Iván Arias / municipalista
La democracia consiste en el equilibrio de poderes, pesos y contrapesos, entonces creo que esta ley favorece a Percy Fernández y al gobierno municipal. Las democracias más avanzadas son aquellas que respetan aquellos equilibrios.
El alcalde, por su propio bien, tiene que promulgarla, porque eso le dará más legitimidad, más transparencia y más discurso para declararse autonómico, sin no ¿cómo se puede declarar autonómico ante un Gobierno central que no respeta las autonomías? Hay que empezar por casa.
No podemos volver a los tiempos de la preParticipación Popular, cuando los alcaldes decidían a diestra y siniestra sobre cómo utilizar los recursos. Me sorprende que aquellos avances sean desconocidos por los autores, por los inspiradores.
El principio básico cuando hemos hecho la participación, de la cual Percy Fernández es inspirador, era de tener gobiernos municipales con un órgano ejecutivo y otro legislativo, que eso luego se ha ido ratificando en la Ley de Municipalidades y en la Ley Marco de Autonomías; en esta última se le da una atribución mayor, que es la capacidad de legislar.
Ley 003/2011
– Art. 3. I. A los fines y objetivos de la presente ley, el órgano legislativo municipal contará con su propia administración, presupuesto operativo, estructura orgánica, recursos humanos y demás sistemas y subsistemas aplicables, los cuales formarán parte del reglamento general del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.
– II. Se instruye al órgano ejecutivo municipal, a través de la Oficialía Mayor de Administración y Finanzas, en coordinación con la Secretaría de Administración del Concejo Municipal, procedan a realizar las acciones necesarias para efectivizar lo dispuesto precedentemente.
El Deber