Las fiestas de 15 años no deben pasar de la medianoche

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El Concejo Municipal de La Paz sancionó ayer una ley que prohíbe que las fiestas de 15 años se extiendan más allá de las 00.00. La norma impone multas contra los propietarios de locales que la infrinjan, la clausura e incluso el arresto. Actualmente, según la fundamentación del cuerpo legal, estas celebraciones comienzan a las 22.00 y acaban incluso después de la 03.00, “lo que pone en riesgo la seguridad de padres de familia y adolescentes, debido a la actuación de las pandillas juveniles y bandas de delincuentes. El peligro se acentúa cuando no hay transporte”, puntualiza. Guillermo Mendoza, concejal del Movimiento Al Socialismo (MAS), proponente de la “Ley de restricción horaria a la realización de fiestas de 15 años en el municipio de La Paz”, informó que la norma se aprobó con diez de los 11 votos en el Legislativo.

Silvia Tamayo, del oficialista Movimiento Sin Miedo (MSM), se abstuvo, alegando que el proyecto debió ser consensuado con agrupaciones de adolescentes. Mendoza —quien admitió la imposibilidad de consultar con todo este grupo etáreo— sostuvo que consultó con alumnos de colegios católicos, los Boy Scouts y la Federación de Estudiantes de Secundaria. La ley, aprobada en grande y en detalle, fue enviada al Ejecutivo edil para su promulgación, requisito indispensable para que comience a aplicarse. Cuenta con ocho artículos y sus disposiciones deben ser acatadas por “los salones de fiestas, establecimientos, locales, clubes privados y otros especialmente dedicados a rentarse o alquilarse con la finalidad de realizar fiestas de 15 años” (artículo 4).



El artículo 5 establece que los establecimientos arriba citados “podrán abrir sus puertas para estas celebraciones a partir de las 09.00 y finalizar sus actividades como horario límite máximo a la medianoche (00.00), quedando terminantemente prohibida su extensión fuera del horario señalado”. Sanciones.

Respecto a las penalidades, la normativa determina que la primera vez los infractores serán sancionados con una multa de 2.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) —equivalentes a Bs 3.843—; la segunda vez con 4.000 UFV —o Bs 7.686— y la clausura de diez días continuos; la tercera con la clausura definitiva y en caso de reincidencia, con el arresto de ocho horas del gerente o administrador del local (artículo 6). Mendoza argumentó que estudios de la fuerza anticrimen de La Paz establecen que los homicidios y otros delitos contra los menores y la familia se cometen entre las 00.00 y las 04.00. En 2012, hubo 56 víctimas de homicidio menores de 13 y 17 años, y 40 de trata y tráfico.

Fuente: Gigavisión, La Razón