Otra vez niegan libertad de suboficial Gil para que no ‘influya’ sobre sus subalternos

Líder de los sargentos y suboficiales de Bolivia seguirá detenido.

imageSuboficial Jhonny Gil en la audiencia en el Tribunal de Apelación. Foto: ERBOL.

La Paz, ERBOL.- La Sala de Apelación y Consulta del Tribunal de Justicia Militar (TJM) decidió negar el pedido de libertad planteado por el suboficial Jhonny Gil argumentando que este uniformado puede fugarse, obstaculizar la investigación en su contra e influir negativamente en sus subalternos.



“Puede influir negativamente sobre sus subalternos y modificar los elementos de prueba de los delitos por los cuales se lo imputa, más aún siendo Presidente de la Asociación Nacional de Suboficiales y Sargentos (Ascinalss)”, explica la Resolución de la Sala de Apelación, leída por su propia Presidencia. 

El TJM fue conminado por la justicia ordinaria para considerar elementos que presentó Gil para sustentar su pedido de liberación. El juez René Delgado reveló que los militares tienen a Gil detenido porque no tiene trabajo y vivienda, sin embargo, el Suboficial presentó certificados que comprueban lo contrario.

Hoy, la Sala de Apelación consideró certificados policiales, cívicos y militares, los cuales confirman que Gil tiene vivienda, trabajo y una familia establecida.

En ese sentido, este Tribunal resolvió que el Suboficial sí tiene vivienda y trabajo, pero debe continuar detenido porque puede fugarse y obstaculizar la investigación en su calidad de Presidente de la Ascinalss.              

El abogado de Gil, César Rojas, recordó al Tribunal que la justicia ordinaria en ningún momento cuestionó si había peligro de fuga y que sólo pidió a los militares que se manifiesten sobre los argumentos de falta de trabajo y vivienda. El jurista pidió explicaciones al respecto y la Presidenta de la Sala le dijo que responderá por escrito.

Gil está detenido desde el 15 de mayo en celdas del Estado Mayor, acusado por los delitos de sedición, rebelión y motín en las movilizaciones por la descolonización en la entidad castrense.

Desde el miércoles, cuatro familiares de Gil, incluyendo su madre de 67 años, se declararon en huelga de hambre en frente del Ministerio de Justicia para reclamar por la liberación del Suboficial.

La justicia militar y las leyes ordinarias

La resolución de la Sala de Apelación argumenta que, de acuerdo al Código de Procedimiento Penal Militar, la libertad es improcedente cuando se trata de delitos contra la seguridad del Estado. Asimismo, recuerda que las leyes ordinarias se utilizan de forma supletoria y excepcional en la jurisdicción militar.

Como fundamento legal, señala el artículo 180 de la Constitución, el cual en su numeral III dice: “La jurisdicción militar juzgará los delitos de naturaleza militar regulados por la ley”.

El mismo argumento fue esbozado ayer por el ministro de Defensa, Rubén Saavedra, quien aseveró que “no corresponde” la libertad para Gil

Al respecto, el jefe nacional de Prevención de Conflictos del Defensor del Pueblo, Gregorio Lanza, advirtió que el Ministro “ha dictado una orden” que fue cumplida hoy por el Tribual Militar.

Agregó que el Defensor llevará adelante en el futuro una nueva Acción Popular o Acción de Libertad para sacar a Gil de celdas militares. (E.A.V./J.M.)