Corrupción YPFB: Juez niega acción de libertad de 4 imputados; la causa se transfiere a El Alto

La Paz. No se conoce fecha de próxima audiencia. La defensa observó que los acusados están detenidos por más de 50 horas sin imputación.

Juez niega acción de libertad de los cuatro imputados

YPFB. La causa judicial fue remitida al juzgado de turno de El Alto.

imageLa Paz. La exfuncionaria de YPFB Selva Camacho en la audiencia. Foto: Alejandra Rocabado.



La Razón / La Paz, Bolivia

El Juzgado 6° de Instrucción en lo Penal negó ayer la acción de libertad de la exfuncionaria de YPFB Selva Camacho y otras tres personas. El caso se remitió al juzgado de El Alto pues se aceptó la recusación de Camacho contra el primer juez.

El abogado de la defensa, Edwin Tapia, presentó ayer la acción de libertad a favor de la exjefa de las unidades de Comunicación de YPFB y de YPFB Chaco, y actual trabajadora de almacenes de la empresa subsidiaria, Selva Camacho Gonzales, debido “a las irregularidades que se registraron en la detención de la exfuncionaria y otras tres personas”.

La medida también fue solicitada por los imputados Yalile Bravo Espinoza, Luis Alejandro Bell Camacho y Ana Belén Camacho, que son acusados de los delitos de incumplimiento de deberes, asociación delictuosa y enriquecimiento ilícito con afectación al Estado boliviano.

Tras dos horas de audiencia iniciada a las 17.53, el juez 6° de Instrucción en lo Penal Cautelar, Fernando Rivadeneira, negó ayer la acción de libertad a favor de los cuatro imputados debido a que no había elementos suficientes para aceptar la petición.

Rivadeneira agregó que el caso fue remitido al juzgado de turno de El Alto porque la recusación presentada por Camacho en su contra fue aceptada.

La autoridad judicial manifestó que la recusación fue aprobada debido a que “no es posible que siendo juez instructor y ya conociendo los antecedentes (del caso), y además habiendo realizado una fundamentación y vertido una opinión judicial, pueda conocer estos mismos elementos”.

En esa línea, Rivadeneira afirmó que el juzgado de turno de El Alto determinará la situación procesal de los cuatro imputados y considerará la aplicación de medidas cautelares.Decisión. Tapia calificó la decisión de Rivadeneira como de “absoluta parcialidad” y que negó la acción de libertad porque a la anterior jueza que atendía el caso no se le hizo conocer las irregularidades anotadas durante la detención de los cuatro imputados. Para Camacho, esto muestra que “todo está armado para mandarme a la cárcel; se violan todos mis derechos”.

El 10 de diciembre, YPFB presentó una denuncia ante el Ministerio Público contra dos funcionarios de la entidad y tres personas particulares, que crearon empresas para adjudicarse servicios de catering y publicidad de manera irregular para diferentes eventos de la petrolera.

El juez agregó que se determinó —según dispone el Código Niño, Niña y Adolescente— que la Defensoría de la Niñez valore a la hija de tres meses de Selva Camacho para saber si está bien y si es necesario se pedirá que ella pase la noche con la bebé en un albergue provisional.

Juez se excusa en caso YPFB, la causa se transfiere a El Alto

No se conoce fecha de próxima audiencia. La defensa observó que los acusados están detenidos por más de 50 horas sin imputación.

PÁGINA SIETE / La Paz

Luego de transcurrir la audiencia de acción de libertad de Selva Camacho, Yalile Bravo y Luis Bell -implicados en  denuncias de corrupción en Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos-,  el juez sexto de instrucción en lo penal, Fernando Rivadeneyra,  se excusó del caso ayer, debido a que la defensa habría «errado” en activar primero el recurso de acción de libertad.

Al suceder esto, Rivadeneyra se constituyó en juez de garantías. Siendo juez de garantías, conociendo los antecedentes y habiendo vertido criterios como tal, no era posible constituirse ya  como juez de instrucción en  lo penal cautelar. Esto según el artículo 316 del Código de Procedimiento Penal.

«En previsión al artículo 316 en su numeral 2 (del Código) hay el deber de excusa y estos  elementos han sido arribados a la brevedad posible para que el juez del distrito judicial de El Alto conozca los elementos y pueda dilucidar la situación procesal de los encausados”, aseveró Rivadeneyra.

El artículo mencionado señala lo siguiente en relación con  motivos para excusa de jueces: «Haber manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el proceso, que conste documentalmente”.

La defensa observó que los tres acusados está detenidos más de 50 horas sin imputación formal y que ello se constituye en una irregularidad, según el artículo 226 del Código mencionado.

El abogado defensor de Camacho, Erwin Tapia, aseveró que el juez Rivadeneyra no fue imparcial y que éste habría recomendado llevar a la hija de Camacho (aún lactante). «Dijo: inmediatamente quítensela a la hija de la señora, llamen a la Defensoría (de la niñez)”, explicó Tapia.

La aludida reclamó esta acción del juez. Dijo: «llamen a la Defensoría de la Niñez, que se lleven a la niña y la madre a celdas judiciales (…) todo está armado para que me metan a la cárcel”, comentó Camacho.

Sobre el particular, Rivadeneyra destacó que en previsión al Código Niño Niña y Adolescente se determinó que la línea 156 de la Defensoría pueda «hacer una valoración del bebé”. «No estamos hablando de quitársela ni mucho menos”, comentó Rivadeneyra.

La defensa esperará la determinación del juez de turno de El Alto, quien debe definir la fecha de la nueva audiencia.