La Haya. Fallo para Bolivia y Chile es ‘definitivo e inapelable’

 La delegación boliviana acudió a La Haya, en mayo, para presentar los alegatos de la demanda marítimaLa delegación boliviana acudió a La Haya, en mayo, para presentar los alegatos de la demanda marítima. ARCHIVOEl Deber Digital, La PazEl jueves se conocerá la decisión en la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Evo Morales y su Gabinete de ministros acompañarán el veredicto en Palacio de GobiernoEl jueves la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya emitirá el fallo sobre la objeción preliminar de Chile a la competencia de esa instancia. Esa decisión tendrá un carácter definitivo e inapelable, según lo establece su reglamento.A las 09:00, el juez Ronny Abraham, que fue abogado general del Consejo de Estado francés y ahora ocupa la presidencia del organismo internacional, procederá a la lectura del dictamen. Se estima que la audiencia dure media hora.Conoce más: Morales y Bachelet citan a expresidentes ante el falloSin embargo, según expertos internacionales, tras un fallo de La Haya existen dos posibilidades más. La primera es que alguno de los países solicite una interpretación, en la que debe explicar las consideraciones en las que funda su desacuerdo en relación al sentido o alcance del fallo.Una segunda posibilidad es el de revisión, que surge cuando el Estado disconforme descubre un hecho desconocido por la Corte y que puede cambiar su decisión inicial. Ambas consideraciones tienen jurisdicción en anteriores casos.Lee también: ¿Qué debe esperar Bolivia ante el fallo en La Haya?Son tres opciones las que pueden emanar de La Haya: favorable a Bolivia, si la Corte se declara competente y analiza el fondo de la causa; favorable a Chile, si La Haya se declara incompetente y da por cerrado el proceso; y finalmente, una reserva hasta conocer todos los argumentos bolivianos y evaluar así su competencia.Además, La Haya contempla que, en caso de que exista incumplimiento del veredicto, hay medidas de carácter coercitivo contempladas tanto en el Pacto de Bogotá como en el reglamento de la CIJ, que aceptan los Estados que acuden a dicha instancia.