Referéndum para salvar la ciudad

PPJosé Luis Santistevan Justiniano*El modelo de gestión municipal, de construir la ciudad a partir del cemento y la infraestructura, es un modelo agotado. El desarrollo económico y el ordenamiento de la ciudad han superado dicha política errática, comprobada por el Plan Estratégico de Desarrollo Municipal 2007-2015 aprobado por Ordenanza, y cuya vigencia concluyó (ver PEDM anexo 1 páginas 136-140).La actual administración municipal constituye un híbrido atípico y existe un ejercicio del poder local de manera atrofiada, bajo un sistema parlamentario, pues, desde el Concejo que tiene como función legislar y fiscalizar, también se ejerce la función ejecutiva de la gestión, no obstante de haber sido elegidos en lista separada. Este modelo es único y destruye toda lógica de la independencia de órganos.

  • Veamos dos elementos de la actual gestión municipal:

a) Los bienes de dominio público son aquellos destinados al uso irrestricto de la comunidad, estos bienes comprenden: Las calles, avenidas, aceras, cordones de acera, pasos a nivel, puentes, pasarelas, pasajes, caminos vecinales y comunales, túneles y demás vías de tránsito, plazas, parques, bosques declarados públicos, áreas protegidas municipales y otras áreas verdes y espacios destinados al esparcimiento colectivo y a la preservación del patrimonio cultural. Estos bienes, por mandato de la ley, No pueden constituir áreas de equipamiento público para actividades comerciales ET.Son INALIENABLES E IMPRESCRIPTIBLES conforme a la CPE y la ley 482, su administración y preservación constituye una competencia exclusiva municipal, porque es propiedad absoluta de todos los ciudadanos que conformamos el municipio.b) El Transporte Urbano, el ordenamiento y control del tránsito urbano, es otra competencia exclusiva municipal por mandato de la CPE, No puede ejercerla ninguna otra autoridad que No sea el gobierno municipal.El colapso de la actual administración No podrá con el ejercicio de ambas competencias exclusivas, sin embargo, la democracia directa es generosa cuando otorga el poder del voto a los ciudadanos para determinar y resolver asuntos de interés público sobre competencias exclusivas.En las dos competencias enunciadas, el referéndum constituye un mecanismo de defensa ciudadana que otorga la democracia para direccionar la conducta de un gobierno.Con relación a los bienes de dominio público ya no se puede permitir que se sigan otorgando dichos bienes, aún sean de carácter temporal y en las calzadas (veredas).Con relación al transporte urbano, el servicio es insostenible y el ordenamiento del tránsito urbano es Nulo, al grado que afecta la vida misma de los ciudadanos.

  • El Referéndum municipal y su procedimiento:

El referéndum, como instrumento de la democracia directa, se aplica sobre una competencia exclusiva y mediante ley municipal, aprobada por dos tercios de los concejales presentes.Su régimen de validez es de aplicación para todo referéndum, excepto es de las reformas constitucionales, es decir, basta que participe más del 50% el padrón municipal y que la mayoría absoluta de votos válidos vote afirmativamente, para su cumplimiento vinculante.La ley municipal incluye la (s) pregunta (s) sobre las materias exclusivas competenciales y se eleva al Tribunal Supremo Electoral, vía Tribunal departamental, para su realización.Las preguntas deben encuadrarse sobre las materias de ejecución exclusivas, para el presente caso serían las siguientes:



  • SOBRE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL:
  1. ¿Está usted de acuerdo que el Gobierno Municipal otorgue en calidad de uso definitivo o temporal, el uso de los bienes de dominio público en favor de personas naturales o jurídicas con fines comerciales o de otras actividades de comercialización de productos, bienes y servicios?
  1. ¿Está usted de acuerdo que el Gobierno Municipal recupere todos los bienes de dominio público, ocupados por personas naturales o jurídicas, para uso irrestricto de la comunidad y proceda al ordenamiento de las actividades comerciales que en la actualidad se realizan en bienes de dominio público?
  • SOBRE TRANSPORTE URBANO Y CONTROL DEL TRÁNSITO URBANO:
  1. ¿Está usted de acuerdo que el Gobierno Municipal asuma en forma directa la prestación del servicio de transporte público urbano y, en su caso lo otorgue en concesión mediante licitación o invitación pública a operadores privados sujeto a una relación contractual con derechos y obligaciones?
  1. ¿Está usted de acuerdo que el Gobierno Municipal asuma en forma directa, y en su caso en forma coordinada con la Policía Nacional, el ordenamiento, educación vial, y control del tránsito y el transporte urbano en la jurisdicción municipal?

La reivindicación del sistema democrático y la vigencia de la democracia directa y participativa, permiten la dirección de la gestión pública en asuntos de interés colectivo para recuperar la institucionalidad de un gobierno.*Abogado municipalista