TSE solicita aclaraciones a Bolivia Tv y pide a SABSA retirar publicaciones que infringen norma electoral

Mediante dos cartas la institución señaló actuar en función de sus competencias, previas al próximo referéndum del 21 de febrero. Pidió que el canal estatal aclare porqué transmite los eventos del presidente Evo Morales.

La Paz, 27 de noviembre (ANF).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió explicaciones al canal estatal Bolivia Tv sobre la transmisión de eventos del Presidente Evo Morales e informó a la nacionalizada SABSA sobre su incumplimiento al reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo y pidió su retiro inmediato.
La misiva enviada a la estatal Bolivia Tv es del 20 de noviembre y está firmada por el vocal del TSE, José Luis Exeni, quien solicita aclarar por qué transmite, en este tiempo de campaña, los eventos donde participa el mandatario. También pide conocer si esas transmisiones son contratadas, pagadas y por quién.
Por otra parte, la carta dirigida el 26 de noviembre al gerente general de SABSA, Elmer Pozo, y firmada por la presidenta del TSE, Katia Uriona, se refiere al “incumplimiento al reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo”. En la misma se informa a la empresa nacionalizada que “está en franca inobservancia” de un artículo del mencionado reglamento por lo que debe retirar de inmediato las publicaciones que se encuentran en las redes sociales que administra.
En el caso de Bolivia Tv, la carta indica que de acuerdo al monitoreo efectuado, “se han evidenciado transmisiones en vivo y directo que realiza Bolivia Tv, las cuales tienen como referencia participaciones del señor Presidente, Evo Morales Ayma. Como parte de la cobertura informativa, se cubren estos eventos con una duración, a veces, de más de 60 minutos. En ese sentido solicitamos nos indique los criterios para hacer este tipo de transmisiones”.
En otro párrafo consulta si esas transmisiones donde se ve una apelación explícita a una de las opciones en consulta –Sí o No- para el Referendo Constitucional del 21 de febrero de 2016 “son contratadas y, por tanto, pagadas por alguna instancia, caso en el cual le solicitamos pueda identificarlas”.
Sobre el caso de SABSA, la misiva replica el artículo 25 de la norma y señala que en ese marco “el Tribunal Supremo Electoral ha determinado el retiro inmediato de publicaciones que infrinjan”, y en caso contrario –de no hacerlo o reincidir en esta falta- “se elevará un informe a la Contraloría General del Estado para que establezca responsabilidades correspondientes en cumplimiento a la ley del régimen electoral”.
Según ambas cartas, el TSE decidió actuar en el marco de sus competencias y en aplicación del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo.