China CAMC debe pagar Bs 158 MM al Estado boliviano; sentencia del TCP salió en tiempo récord

TCP anula amparo de CAMC y ordena pago de Bs 158 MM

Instruyen ejecutar la boleta de garantía de la empresa china



Sucre. El magistrado del Tribunal Constitucional Ruddy Flores, en una conferencia.

Sucre. El magistrado del Tribunal Constitucional Ruddy Flores, en una conferencia. Foto: Afka-archivo

La Razón  / Yuvert Donoso / Sucre 

En solo 14 horas, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) revocó un fallo a favor de la empresa china CAMC y ordenó la ejecución de la boleta de garantía por Bs 158 millones por incumplir la construcción de la vía férrea Montero-Bulo Bulo.

El TCP se pronunció a raíz de la revisión de un amparo constitucional que emitieron los vocales paceños Virginia Janeth Crespo Ibáñez y Willy Arias Aguilar en noviembre de 2015. En esa oportunidad, ambas autoridades judiciales le dieron la razón a la empresa china y con ello evitaron que el Estado cobre la multa de Bs 158,8 millones por la ejecución de las boletas de garantía.

El magistrado Ruddy Flores, presidente de la Sala 3a del TCP —instancia en la que radicó el caso—, informó la determinación de denegar la tutela solicitada por CAMC y revocó el fallo que, en primera instancia, emitieron los vocales paceños a favor de la empresa china, cuya gerente de Marketing es Gabriela Zapata, expareja del presidente Evo Morales.

Flores, entre los argumentos jurídicos, explicó que, de acuerdo con la jurisprudencia, en este caso no es posible considerar las causas que la CAMC expone sobre la resolución contractual  y tampoco se puede considerar si la determinación de resolver el contrato se encontraba lo suficientemente fundamentada o no. En su criterio, el caso debió ser resuelto en la jurisdicción ordinaria, a través de un recurso contencioso administrativo.

Fallo. El TCP considera que el Procedimiento Administrativo no constituye un medio eficaz para suspender la ejecución de las boletas,  ya que el fallo señala “que cuando la resolución sea por causas imputables al contratista, se consolide a favor de la entidad la garantía de cumplimiento de contrato”.

“No era posible que el ministerio demandado ante el recurso de revocatoria suspenda la ejecución de las boletas de garantía, primero, porque no es un mecanismo idóneo para contravenir sobre la resolución contractual y, segundo, porque su conducta hubiera significado desconocer lo contractualmente acordado entre partes, razones por las cuales sobre este aspecto tampoco es posible conceder la tutela reclamada”, se lee en parte del fallo constitucional.

Los Bs 158.863,057 millones, que equivalen a $us 22.825,151, resulta de un anticipo que dio el Gobierno a la empresa china por Bs 144 millones. Los restantes Bs 14 millones son fruto de una multa por la recisión del contrato.

Este caso cobró notoriedad a partir de la denuncia del presentador Carlos Valverde, quien reveló que la empresa CAMC se benefició con contratos millonarios por más de 500 millones de dólares y que hubo un evidente tráfico de influencias debido a que Zapata trabaja allí. El Gobierno rechazó la acusación y se abrió a una investigación.

Reacciones al dictamen judicial

Oficialismo

El senador del MAS René Joaquino sostiene que el fallo del Tribunal Constitucional, en contra de CAMC, genera una susceptibilidad en la población por la determinación que se realiza horas previas al referéndum.

Oposición

Para la senadora de Unidad Demócrata (UD) Carmen Eva Gonzales, la decisión del Tribunal Constitucional es solamente “una cortina de humo” para distraer a la ciudadanía sobre el fondo del problema, entre el Gobierno y la empresa china, y no se investigue el tráfico de influencias.

La sentencia fue emitida en un tiempo récord

En tiempo récord salió el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en el caso de la empresa china CAMC. El miércoles 17 de febrero se sorteó el proceso, al día siguiente se asignó el caso al magistrado relator y en la tarde de ayer se conoció el fallo.

Según la información oficial a la que accedió La Razón, los magistrados se reunieron la tarde del miércoles para el sorteo de causas, entre ellas el caso CAMC. En la mañana de ese día, el presidente Zenón Bacarreza y su colega Oswaldo Valencia confirmaron a este diario que esa jornada iban a sortear el expediente.

En la tarde, cerca de las 17.22, se sorteó y se asignó el expediente a un magistrado relator. En la mañana del jueves 18 de febrero se notificó a los magistrados que conforman la Sala 3ª del TCP con el expediente y a las 14.45 de ayer se notificó a las partes con la sentencia. Minutos después, a las 14.55, Ruddy Flores comunica la noticia.

Tomando en cuenta las horas laborales del TCP, de 08.00 a 12.00 y de 14.30 a 18.30, el expediente estuvo en manos de dos magistrados aproximadamente 14 horas y después de ese tiempo se conoció la sentencia. No obstante, Flores afirmó ayer que el expediente se sorteó la pasada semana y que este caso fue resuelto en los plazos previstos. Bacarreza y Valencia indicaron que este tipo de casos tienen 30 días de plazo para ser resueltos.