Tribunal Constitucional de Bolivia rechaza la objeción de conciencia para evitar el servicio militar

El magistrado Oswaldo Valencia advirtió que la sentencia, número 265/2016, fue aprobada después de un exhaustivo análisis y guardando un equilibrio. El TC exortó también a la Asamblea Legislativa a redactar una ley o normativa que establezca los alcances y fines del derecho a la objeción de conciencia.



Jóvenes durante el reclutamiento para el servicio militar obligatorio en 2015

Jóvenes durante el reclutamiento para el servicio militar obligatorio en 2015. Foto: archivo La Razón

La Razón Digital / Paulo Cuiza / La Paz 

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó hoy la objeción de conciencia como alternativa para evitar el servicio militar obligatorio, tras la revisión de un amparo constitucional interpuesto por el joven José Ignacio Orías Calvo contra el ministro de Defensa, Reymi Ferreira, pidiendo se respete sus creencias religiosas y así ser exonerado de cumplir con el servicio militar.

La sentencia fue leída esta noche por el magistrado Oswaldo Valencia en la ciudad de Sucre. «El Tribunal Constitucional ha denegado la tutela al joven José Ignacio Orías Calvo, por cuanto, en todo el análisis hecho y aplicando la jurisprudencia comparada se tiene experiencias que este derecho no se tutela a sola invocación; es decir, invocó a la objeción de conciencia y pido que me exoneren del servicio militar obligatorio, sino tiene que haber una normativa de requisitos a través de la cual ese joven que invoca ese derecho tiene que demostrar de que forma esa condición tiene su manifestación externa, como esa conciencia en sí rige su vida cotidiana», afirmó.

En noviembre de 2015, una resolución del Tribunal de Garantías de la Sala Civil 3a abrió la posibilidad de que Orías pueda obtener su libreta militar sin prestar su servicio de un año; le puso tres requisitos y la decisión fue a revisión al TCP. Orías, de 18 años, y su abogado Gabriel Guzmán presentaron el amparo, debido a que el joven no quiere prestar su servicio militar por sus creencias.

El magistrado Valencia advirtió que la sentencia, número 265/2016, fue aprobada después de un exhaustivo análisis y guardando un equilibrio. El TC exortó también a la Asamblea Legislativa a redactar una ley o normativa que establezca los alcances y fines del derecho a la objeción de conciencia.

«Implica también un trabajo con otras instituciones involucradas como el Defensor del Pueblo, Derechos Humanos, el Ministerio de Defensa y otras instancias para crear esta normativa en este periodo legislativo», afirmó.

El año pasado, Orías justificó su accionar y dijo que espera que otros jóvenes con sus convicciones lo imiten, para defender sus derechos. “A mí me importa la sociedad y la comunidad del país, obviamente se busca obtener un precedente que aumente las libertades de todos los bolivianos”.

El Decreto Ley 7755 del Servicio Nacional de Seguridad, del 1 de agosto de 1976, era el único reglamento que regía sobre el servicio militar en lo referido a la objeción de conciencia, pero en 2006 fue retirado del ordenamiento jurídico por la Sentencia Constitucional 0007/2006, del 31 de enero, por ser inconstitucional en su origen, ya que fue aprobado en el gobierno de facto del general Alfredo Ovando.