La administración del Estado se caracteriza por el hermetismo, el secretismo, el ocultamiento, lo cual, combinado con el abuso de poder, es un caldo de cultivo de la corrupción, afirma Oporto.
Henry
Oporto sociólogo
El escándalo de corrupción desvelado en el Fondo Indígena, la carencia de información y de fiscalización, la transgresión de normas legales y otros abusos e irregularidades detectados, han puesto de manifiesto la gravedad de la corrupción en la administración del Estado. Lo peor es que tales problemas se repiten y reproducen en innumerables programas y acciones del sector público, así como en otras instancias de la administración territorial y, por cierto, en las contrataciones de obras, bienes y servicios. La falta de transparencia y rendición de cuentas es un mal endémico. La administración del Estado se caracteriza por el hermetismo, el secretismo, el ocultamiento, lo cual, combinado con el abuso de poder, es un caldo de cultivo de la corrupción.
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En nuestro país es habitual que las autoridades y funcionarios no respondan por sus actos, que no se sometan al escrutinio público y que frecuentemente eludan informar y ser fiscalizados. Los ciudadanos, por su parte, carecen de información sobre el quehacer público, desconocen cómo se toman las decisiones y cómo se manejan los recursos fiscales o bajo qué criterios se desempeñan las instituciones. Más aún, cuando los ciudadanos, las organizaciones de la sociedad civil y los medios de comunicación buscan información oficial, no la encuentran o se les niega el acceso. El problema es aún más grave porque los órganos estatales que debe fiscalizar y ejercitar el control gubernamental no lo hacen, de modo que autoridades y funcionarios actúan con «carta blanca, sin asumir consecuencias por sus actos y casi sin riesgo por hechos irregulares y discrecionales.
Así pues, en ausencia de información oficial, y cuando las responsabilidades se evaden o no existen fiscalización institucional ni control social efectivos, no es posible garantizar el buen uso de los recursos estatales ni tampoco impedir que se malgasten y derrochen. Todo ello en perjuicio de los intereses de la población, puesto que el servicio público no llega a la gente o es de muy mala calidad y no atiende las necesidades de las personas. En contraste, los países con mayores niveles de transparencia y normas de buen gobierno cuentan con instituciones fuertes, que alientan el crecimiento económico y social. La evidencia demuestra que cuando la función pública está sometida a vigilancia y control no solo que se reducen las oportunidades de corrupción, sino que se promueve la eficiencia y eficacia. Ello no ocurre en Bolivia. Casos como los del Fondo Indígena y otros muy conocidos por todos, son ilustrativos de cómo la falta de transparencia y de ejercicio de las normas de buen gobierno, además de ser consustanciales a un estilo de gobierno oligárquico, no democrático y excluyente, es un verdadero lastre para el progreso del país.
Por cierto, en nuestro ordenamiento legal ya existen normas que prescriben ciertas obligaciones de publicidad y rendición de cuentas para las entidades y funcionarios. La propia Constitución reconoce al acceso a la información como un derecho civil de los ciudadanos. No obstante, la normativa actual es insuficiente y no asegura un servicio público digno de tal nombre. Es pues imperativo que se precisen responsabilidades específicas así como las consecuencias jurídicas y administrativas de un comportamiento omiso o negligente, de manera que los ciudadanos puedan exigir su cumplimiento y se acabe, por fin, con la impunidad.
Iniciativa legislativa ciudadana
Proponemos un proyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno (iniciativa de nuestra propia autoría), que se fundamenta y ampara en el Art. 21º, inc. 6, de la CPE, el cual reconoce a los bolivianos el derecho «a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual y colectiva; asimismo, en su artículo 24º: «Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta, y para lo cual basta con la identificación del peticionario.
El presente proyecto no parte de cero ni colma un vacío absoluto, pero sí desarrolla lo que ya existe, supliendo las carencias detectadas, subsanando las deficiencias y creando un marco jurídico acorde con los tiempos y los intereses ciudadanos. Al dotarse de una legislación nacional específica en materia de transparencia y derecho a la información, Bolivia dejará de ser uno de los pocos países latinoamericanos carentes de este tipo de norma jurídica, y se pondrá en posición de cumplir con los tratados suscritos por el Estado boliviano, para promover la trasparencia y velar por la probidad en el ejercicio de la función pública.
Aspectos centrales del proyecto de ley
La ley promueve la transparencia de la función pública y facilita el acceso a la información oficial, haciendo efectivo el derecho ciudadano a conocer y ser informado y que los servidores públicos respondan, con el riesgo de ser sancionados si no lo hacen. Pero la filosofía de la ley no es punitiva. Tampoco su objeto es judicializar la relación de los ciudadanos con el Estado. Se trata, ante todo, de lograr que las regulaciones se cumplan y que los ciudadanos accedan a la información que requieren.
Asimismo, la ley pretende mejorar la calidad de la información oficial, dado el hecho evidente de que el INE ha perdido profesionalidad y credibilidad en la producción y difusión de la información oficial; muchos de sus datos e informes son de dudosa fiabilidad y susceptibles de cuestionamientos, o se difunden con considerable rezago y excesivas restricciones. Lo que se quiere es contar con un sistema estadístico confiable, oportuno y accesible, como base para la planificación y las decisiones de política pública y también como una referencia necesaria para los agentes económicos y sociales.
En definitiva, la ley sienta las bases para transitar a un modelo de gobierno transparente y abierto, consustancial a un Estado de Derecho, y al servicio de la gente, y en oposición a una forma de gobierno obscuro, arbitrario, autoritario y excluyente, que niega los derechos ciudadanos y que es proclive a la corrupción y el despilfarro.
Los cinco pilares
I. Se establece la publicidad de la información pública, fundada en el principio de transparencia, según el cual toda información que posee el Estado se presume de carácter público (salvo la clasificada como secreta o reservada), de donde resulta que los organismos del Estado tienen la obligación de entregar la información demandada por personas y organizaciones civiles.
II. Se regulan los derechos de acceso y de petición, definidos por la Constitución, fijando procedimientos concretos, expeditos y ágiles, y también las faltas de los servidores públicos que incumplan su obligación de proporcionar la información solicitada y en los plazos oportunos.
III. Se crea el Consejo Ciudadano de Transparencia, para velar por la transparencia y el cumplimiento de la ley, y ante el cual los ciudadanos pueden recurrir a fin de que su derecho de acceso a la información se proteja y que sus peticiones sean atendidas. Se trata de un organismo de alto nivel, integrado por tres personalidades, sin filiación política y con méritos reconocidos para el ejercicio de sus altas funciones, elegidos por la Asamblea Legislativa por dos tercios de votos, a proposición de un comité de selección independiente. Sin un organismo así, de alta representatividad, credibilidad y autoridad moral, se corre el riesgo de que esta ley, como muchas otras leyes vigentes, sea inocua y se neutralice en sus propósitos.
IV. Se fijan normas para institucionalizar el Sistema Estadístico Nacional, completamente profesional y de alta confiabilidad, conducido y articulado por un INE renovado, fortalecido y autónomo, de manera que su desenvolvimiento se vea a salvo de la influencia y manipulación política u otros intereses corporativos.
V. El uso correcto, responsable y eficiente de los recursos fiscales es una característica de buen gobierno. Para materializar este concepto, se establecen y refuerzan ciertas normas a fin de evitar el uso discrecional y sin control de los dineros públicos y también para poner freno a las prácticas prebendales y clientelistas en el Estado, consolidando un modelo de gestión por resultados.
Fuente: paginasiete.bo