El modelo centralista infame

ppJosé Luis Santistevan Justiniano*Bolivia por Constitución y dos referéndums por autonomías y estatutos, es declarado Estado Plurinacional con Autonomías.Aún con las deficiencias competenciales existentes en la CPE, el actual gobierno deformó el proceso autonómico a partir de la construcción de una estructura jurídica, e inició la aplicación de un modelo de autonomías recentralizadas en territorialidad, competencias y recursos.La ley marco de autonomías 031 inició el desconocimiento del autogobierno y la soberanía popular de las regiones, defenestró 37 gobiernos municipales y 2 departamentales, destruyó municipios modelos y se apropiaron de recursos públicos, sin responsables de aquellos que apadrinaron estos actos.Luego se dictaron leyes, convirtiendo competencias compartidas con los niveles autónomos en exclusiva del nivel central. La ley financial inicia el camino de la centralización de las cuentas fiscales autónomas, persistiendo el congelamiento de cuentas en aplicación de la ley 2042, vigente desde el modelo republicano.La ley Avelino Siñani Elizardo Pérez, que retrocede hasta antes de la Participación Popular, la ley de juegos de azar, ley de telecomunicaciones, ley de creación de impuestos, y la ley de seguridad ciudadana, son parte de esa conversión de competencias compartidas y concurrentes en exclusivas del nivel central.En materia de recursos el gobierno incumple el mandato constitucional que toda competencia debe ir acompañada de los recursos de financiamiento (art.305 CPE), los gobiernos autónomos, siguen sobreviviendo con los recursos de la participación popular y de los ingresos de la ley de Hidrocarburos que creó el IDH.Se dictaron leyes que asfixian las autonomías, la ley de creación de impuestos 154 establece los impuestos regionales y delimita que todos los impuestos que no estén definidos para las autonomías pertenecen al nivel central.Leyes que podrían haber otorgado otros ingresos a los gobiernos autónomos, culminaron estableciendo el financiamiento de competencias nacionales exclusivas con recursos de las gobernaciones y municipios. La renta dignidad se financia con recursos de las autonomías por mandato de la Ley 3791 de la Renta Universal de Vejez.La Ley de Seguridad Ciudadana 264, una competencia concurrente, establece que un mínimo del 10% es para la Policía Nacional y transfiere a las gobernaciones el costo de los prediarios, cuando el régimen penitenciario es competencia exclusiva del nivel central.La Ley 060 de Juegos de Azar, competencia compartida, se lleva los recursos de una actividad que debe ser desarrollada, reglamentada y ejecutada por las gobernaciones y municipios.El corolario del cercenamiento de los recursos es la ley 767 de Promoción a la Inversión Hidrocarburífera, que dispone un 12% de los recursos del IDH para financiar una competencia privativa nacional como es la exploración y explotación de hidrocarburos.La Agenda Patriótica 2025 contiene 13 pilares sobre sus competencias privativas y exclusivas del nivel central del Estado, donde las autonomías tienen un rol irrelevante.Con que razón hablar de pacto fiscal, a siete años de vigencia de la CPE y seis de la ley marco de autonomías, y casi cuatro del censo de población y vivienda. Como hablar de distribuir recursos, si se han dictado leyes que cercenan los ingresos que percibían las regiones desde antes de la vigencia del proceso.Ninguno de los 9 Estatutos y las 339 Cartas Orgánicas, otorgaran competencias adicionales, tampoco crearan nuevos impuestos para las autonomías, porque dichos instrumentos no son competentes para ello.Este modelo centralista de Estado construido por el Gobierno es infame, porque es deshonrado con el voto popular de los bolivianos.*Abogado municipalista