Carátula de la licitación de ENTEL.
Licitación de ENTEL para contratar empresa de seguridad no exige a las firmas ser legalmente reconocidas
Por segunda vez la empresa ENTEL convocópúblicamente a la contratación de una empresa de seguridad sin exigir que lafirma sea legalmente reconocida o que cuente con la licencia de funcionamientootorgada por el Ministerio de Gobierno.
Brújula Digital accedió a los pedidos de“Cotización simple No 112/2018” y “No 163/2018” y en ambos casos no estápresente el requisito de que las empresas que provean los servicios esténlegalmente registradas, como ordena la Ley 264 y la Resolución Ministerial No021B/2013.
En los pedidos de contratación, ambos de 2018,se exige a las empresas una serie de requisitos, pero no el que establece la mencionada resolución, que en su artículo 29 estable que las empresas públicaso privadas deberán verificar la siguiente documentación:
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1.- Resolución de autorización de funcionamiento.
2.- Licencia de funcionamiento
3.- Publicación de prensa.
Las dos invitaciones de ENTEL incumplen conello.
La omisión de estos requisitos los expones auna multa como establece el artículo 30 de la mencionada norma.
Un tríptico de la Policía boliviana señala que“las empresas públicas, privadas y ciudadanía en general en todo el Estado Plurinacionalde Bolivia que requieran realizar la contratación de servicios de una empresade seguridad privada de vigilancia deberán exigir la presentación de lalicencia de funcionamiento autorizada por la Policía boliviana”. El tríptico fue entregado en un foro auspiciadopor el viceministro de Seguridad Ciudadana, Wilfredo Chávez.
Las personas o empresas que contraten empresas sin autorización de la Policía boliviana “serán pasibles a sanción pecuniaria cancelada en cuenta fiscal especificada en artículo 30” de la norma.
Brújula Digital / La Paz