Iván Quisbert SoriaEn los siguientes días, un tema que sin duda será de atención para la mayoría de los trabajadores, será la transferencia del manejo del Sistema Integral de Pensiones-SIP, desde las Administradoras de Fondos de Pensiones-AFP hacia la nueva empresa estatal, denominada Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (Gestora).Este proceder se establece en la Ley N° 065 de Pensiones (2010), en cumplimiento a la Constitución Política del Estado (2009), donde se señala que la dirección y administración de la Seguridad Social corresponde al Estado y sus servicios no pueden ser privatizados ni concesionados.Según datos publicados por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros-APS, a diciembre 2018 existen alrededor de 2,3 millones de asegurados y 136 mil jubilados en el SIP.Con tal cantidad de personas involucradas, es lógico que el tema de las pensiones sea delicado, por lo que algunos “analistas” se esfuerzan en informar o tratar explicar cómo funcionará la administración de la Seguridad Social de Largo Plazo, por lo que al mencionar que los fondos del SIP serán manejados por el Estado, es suficiente motivo para alarmar a la población y causar zozobra.Estos “analistas”, olvidan que desde 2010, todos los asegurados a las AFP tienen conocimiento que los fondos del SIP serán manejados por el Estado, en el marco de normativa vigente y, además, también dejan a un lado las siguientes premisas que la futura Gestora tendrá al administrar el SIP:
- Los Fondos de Pensiones se constituyen como Patrimonio Autónomo, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie.
- Al ser un Patrimonio Autónomo los fondos del SIP, llevan cuentas, contabilidad, registros, etc., distintos al Patrimonio Propio de la Gestora.
- La toma de decisiones de la entidad será realizada por un directorio que será el responsable de definir políticas, normas internas y la fiscalización de éstas.
- La Gestora presentará Estados Financieros propios y de los fondos del SIP, auditados por una Empresa de Auditoría Externa, a diferentes entidades estatales.
- Estará sujeta a supervisión, regulación y fiscalización externa e independiente a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional, la Contraloría General del Estado, la APS, entre otros.
Son estos aspectos, que los “analistas” no consideran al momento de “informar” a la sociedad. Asimismo, los trabajadores que aportamos mensualmente, debemos llevar un control regular a nuestro saldo de ahorro personal, al rendimiento percibido y a las inversiones realizadas con nuestros aportes, sea que estén administradas por las AFP o por la Gestora, ya que esas contribuciones garantizarán un ingreso para nuestra etapa adulta mayor.Iván Quisbert Soria es Analista en Pensiones