Firmas de bienes raíces ven que norma que condona alquileres vulnera derecho a propiedad privada

La ley excepcional de arrendamientos (alquileres), aprobada por la Asamblea Legislativa, beneficiará a las familias que, por la cuarentena sanitaria, no han podido generar recursos para pagar sus deudas de alquileres

Fernando Rojas Moreno

La ley que condona el 50% de alquileres de inmuebles en Bolivia, sancionada recientemente en el Senado, es refutada por actores económicos del sector de bienes raíces quienes ven intromisión y vulneración, por parte del Órgano Legislativo, del derecho a la propiedad privada reconocida por la Constitución Política del Estado.



La Asamblea Legislativa aprobó la semana pasada la Ley excepcional de arrendamientos (alquileres), que beneficiará a las familias que, por la restricción de la emergencia y la cuarentena sanitaria, no han podido generar recursos para pagar sus deudas de alquileres.

Aplicará a los alquileres pactados de manera verbal o escrita, cuando el canon establecido y calculado de forma mensual no exceda a un máximo de Bs 5. 000 para bienes inmuebles destinados a vivienda; Bs 7.000 para bienes inmuebles destinados a tiendas o espacios comerciales o prestación de servicios; y Bs 15.000 para bienes inmuebles destinados a actividad Industrial.

Para el presidente de la empresa especializada en bienes raíces RE/MAX Bolivia, Oliver Viera, la norma acarreará perjuicios a muchas personas que viven de los alquileres.

Refuta la retroactividad y plantea, con interrogantes, el siguiente escenario. ¿Los que pagaron o los que tendrán que pagar, cómo van a hacer? “No pagarán alquiler porque se les tendrá que descontar 50% de marzo, abril, mayo y junio. Si pagué completo, tengo un 50% en lo que resta de la cuarentena y entonces no pagaré alquiler”.

En esa lógica, a su criterio, cómo vive la persona que alquila y necesita ese dinero para cubrir sus gastos operativos y servicios.

“La verdad es que todo mundo ha negociado, se han puesto la mano en el pecho, que es lo correcto, y han llegado a acuerdos. Para no perder el inquilino, el dueño de la propiedad o local comercial, ya venía dando estos descuentos. En RE/MAX hemos visto que la mayoría de la gente, a escala residencial y comercial, ha realizado descuentos considerables por la cuarentena y también ha negociado para pagar en cuotas, para ayudar a ese empresario a seguir manteniéndose”, afirmó Viera.

No obstante, el ejecutivo calificó la norma como un atentado a la parte privada. “El Gobierno no debería inferir en las personas. Esto es un pacto de mutuo acuerdo y si la persona no puede pagar alquiler, tendría que salirse o pagar otro local comercial o ver otra salida. Imponer una norma, de una manera dictatorial, no es la salida correcta. Está bien un descuento, que ya se venía haciendo, pero imponerlo no es correcto”, puntualizó Viera.

Desde Uno Corporación Inmobiliario, el CEO Franz Javier Rivero, manifestó que, desde que la Cámara de Diputados aprobó el primer proyecto para que sea revisado por los Senadores, varios abogados en el país manifestaron serias observaciones porque este proyecto vulnera el derecho a la propiedad privada reconocida por la Constitución en su artículo 56 al imponer una figura similar a la expropiación de los ingresos por alquileres de los propietarios de inmuebles con una condonación obligada.

También afecta el precepto constitucional de la  irretroactividad de la ley salvo en material laboral y penal (art. 123), y violenta la Libertad contractual prevista en el art. 454 del Código Civil.

Sin embargo, afirmó que los legisladores han sobrepuesto a esas normas, situaciones como la necesidad económica que han generado la pandemia del Covid-19 y las medidas que las instancias de Gobierno han dispuesto, como la cuarentena y limitaciones al tránsito en el territorio nacional.

Aclaró que, adicionalmente, el Gobierno optó por diferir el pago de créditos bancarios y postergó el pago de obligaciones impositivas y de aportes a la seguridad social, “solo han alargado la agonía para algunas empresas”, indicó.

Con base en notas de prensa que circulan por internet, dado que, según Rivero, aún no se conoce el texto sancionado por la Asamblea Legislativa, el artículo 2 de la norma refiere la finalidad de la ley –preservar la relación de paz, concordia y entendimiento entre inquilinos y propietarios-.

Al respecto, mencionó que el hecho mismo de imponer con una ley especial, vulnerando la libertad contractual, contradice los deseos de paz, concordia y entendimiento, porque los legisladores, en su mayoría masistas, siguen creyendo que sólo gracias al Estado y a través del Estado es posible vivir en paz.

“Menosprecian la capacidad y voluntad de la población de que pueda generar de forma libre, escenarios de paz y concordia con sus similares sin necesidad de ninguna ley que les imponga ello.  Habrá que preguntarse, dónde queda el principio o deseo de justicia”, afirmó.

A favor del inquilino, la ley reduce un 50% el canon de alquiler, cuando a la vigencia de la presente ley no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario para la reducción o diferimiento razonable del canon de alquiler.

Este punto, a juzgar por Rivero, deja un atisbo de justicia al prever que se reduce un 50% el canon de alquiler, cuando, a la vigencia de la presente ley, no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario para la reducción o diferimiento razonable del canon de alquiler.

Eso quiere decir que, si las partes llegaron a un acuerdo previo entre el 15 de marzo y el 30 de junio de 2020 para reducir en un porcentaje mayor o menor al 50% el canon de arrendamiento, esta ley puede aplicarse preferentemente cuando alguna de las partes, seguramente el inquilino, lo exija.

“En nuestro criterio tiene que haber sido plasmado por escrito, en una adenda firmada por las partes, porque los acuerdos verbales pueden ser objeto de confusión, o de posición encontradas llegado el momento en que se evidencie que una ley como esta puede favorecer más a una parte que a la otra”, sentenció Rivero.

Fuente: https://eldeber.com.bo