El Sistema de las Naciones Unidas en Bolivia saludó el fallo del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de La Paz a favor de una pareja del mismo sexo cuya unión libre le fue negada por el Servicio de Registro Cívico (Serecí).

A través de un comunicado, el organismo destacó la sentencia del 3 de julio de la Sala Constitucional del TDJ que anuló una resolución del Serecí “que negaba el derecho de dos personas del mismo sexo al reconocimiento de la unión libre”.

“La determinación de la Sala Constitucional supone el resguardo de los derechos de las personas sin importar su orientación sexual y viabiliza la obtención del reconocimiento y certificación oficial de la unión libre de una pareja del mismo sexo, que inició su vida en común hace más de una década”, señala el comunicado.

Además, instó al Serecí a cumplir la “decisión vinculante” y a la “reformulación de su resolución de conformidad a los estándares internacionales para viabilizar el registro de esta unión libre y así garantizar un trato justo e igualitario a las parejas del mismo sexo”.

La Constitución Política del Estado de 2009 no consigna la unión libre de personas del mismo sexo. El artículo 63 señala que “el matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges”.

Y respecto de la “unión libre”, el parágrafo segundo también la atribuye a un hombre y una mujer, cuya consumación  producirá “los mismos efectos que el matrimonio civil”.

Sin embargo, respecto del caso que la ocupó ahora, la ONU consideró que “el Tribunal de Garantías, aplicando el Control de Convencionalidad, reafirmó que los tratados internacionales sobre derechos humanos, ratificados por el Estado boliviano, tienen rango supraconstitucional y, por tanto, son de aplicación preferente”.

Fuente: La Razón