Desamparados

Vladimir Peña

El momento más duro de la pandemia es cuando una persona necesita internación hospitalaria y el más crítico cuando requiere un respirador en una Unidad de Terapia Intensiva (UTI). De acuerdo a los datos internacionales el 80% de los infectados con el virus se recupera sin mayor complicación y el 20% necesita atención médica. De estos, el 5% llega a una UTI. Las UTIS se han convertido en el espacio más sensible de la crisis sanitaria que asola al mundo en este año y medio de coronavirus.



Desde hace unos meses los medios de comunicación informan de la saturación de los hospitales públicos y de la seguridad social, médicos que lamentan realizar el triaje (elegir quien entra) en las UTIS y miles de historias en las redes sociales pidiendo caridad para tratar de salvar a un familiar o amigo. Pero aún hay algo más desolador, no encontrar una cama UTI en los hospitales públicos y no tener dinero para pagarla en el sector privado.

Conforme a nuestra Constitución ningún ciudadano debería padecer por falta de atención sanitaria, pero sabemos que los postulados están lejos de la realidad. En el caso específico de la COVID-19 se han aprobado normas que establecen que el tratamiento es gratuito, la seguridad social debe hacerse cargo de sus asegurados y el sistema público de quienes no tienen cobertura social. Para el caso que el sector público sea rebasado se aprobó la Ley 1349 en vigencia desde el 1 de diciembre de 2020.

Esta norma, denominada extraordinaria, tiene la finalidad de garantizar la atención y tratamiento gratuitos, incluso en UTIS, en el subsector privado de salud. La Ley otorgó un plazo de 5 días para que el Órgano Ejecutivo central reglamente la referencia de pacientes del ámbito público al privado y los mecanismos de reembolso (pago por parte del Estado) a los centros privados. En estos siete meses de vigencia de la ley han transcurrido la segunda y tercera ola del virus; y la ley sigue ineficaz por falta de reglamento. Inconcebible.

Es cierto, en el país hay cientos de leyes que no se cumplen sin que nadie asuma responsabilidad. Sin embargo, esta vez, se trata de una ley que está diseñada para proteger a la gente en la situación de mayor fragilidad y vulnerabilidad, donde literalmente se lucha por sobrevivir. Ni las historias desgarradoras, ni los gritos inconsolables han logrado sacar de su apatía e indolencia a las autoridades. Nadie se da por aludido.

El Defensor del Pueblo concentrado en defender la estéril narrativa oficialista y no los derechos de los ciudadanos, los parlamentarios enfrascados en una confrontación inútil han olvidado su verdadero rol fiscalizador y los gobernadores ni se inmutan ante el sufrimiento de la gente, consintiendo que sus hospitales hagan triaje sin darle opción a los excluidos. A veces el silencio es complicidad.

Quienes tienen el infortunio de no encontrar una cama UTI en los hospitales públicos y no pueden acceder a una clínica privada están condenados a su suerte y al olvido, porque ni siquiera son parte de las estadísticas diarias. Una ruleta rusa y a respirar hondo ante el desasosiego. Al final, la gestión caótica de la crisis la terminan pagando los ciudadanos, en muchos casos con sus vidas o hipotecando su patrimonio. Los derechos humanos no pueden estar sujetos a la voluntad de las autoridades. No podemos resignarnos a seguir “aguantando”.

Ante este trastorno institucional, con el abogado Tomás Monasterio, hemos decidido presentar una acción de cumplimiento de la Ley 1349. Exigimos mediante una conminatoria al Presidente del Estado y al Ministro de Salud, que cumplan con su obligación de emitir el reglamento específico para hacer eficaz la ley y otorgarles a los hospitales un procedimiento para derivar a los pacientes a los centros privados y no simplemente cerrarles la puerta. Han pasado los 20 días que impone la jurisprudencia constitucional para que los renuentes cumplan con su obligación legal, pero siguen en un franco desacato. Ahora corresponde a la justicia constitucional obligar el cumplimiento del deber omitido, corregir esta injusticia y reparar los daños.

Vladimir Peña

Abogado

Fuente: eju.tv