Plazo para pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas fenece este 31 de marzo

Según el artículo 15 de la Ley 1357 del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), la multa por incumplir el pago es equivalente al 200% del tributo omitido.

Fuente: ABI

El jueves 31 de marzo fenece el plazo para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) establecida para aquellas personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta mayor a Bs 30 millones, informó el presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón.



Las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una fortuna mayor a Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril a la cuenta habilitada para tal efecto por el SIN, según dio a conocer la entidad tributaria.

Entre tanto, los contribuyentes radicados en Bolivia pueden pagar el impuesto determinado en efectivo o mediante instrumentos electrónicos habilitados por el Servicio de Impuestos Nacionales.

Para registrase en el IGF, el contribuyente debe ingresar en la página web www.impuestos.gob.bo, “Oficina Virtual”, opción “Sistema Integrado de la Administración Tributaria” (SIAT) y después a “Registro Impuesto a las Grandes Fortunas”.

Según el artículo 15 de la Ley 1357 del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), la multa por incumplir el pago es equivalente al 200% del tributo omitido.

Cazón aclaró que las empresas unipersonales, sociedades comerciales, cooperativas, sociedades anónimas mixtas, empresas públicas, entre otras con personería jurídica, no pagan el IGF.

Tampoco están alcanzadas por este impuesto las personas naturales con una fortuna neta acumulada igual o menor a Bs 30 millones.

Hasta el 31 de diciembre de 2021, la Administración Tributaria recaudó, por el IGF, Bs 240,8 millones y registró a 204 contribuyentes en esta nueva categoría tributaria.