El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó el “recurso de queja” que había sido presentado el 6 de junio por la defensa de la expresidenta Jeanine Áñez para tratar de continuar impidiendo su sentencia por el caso Golpe de Estado II.

La audiencia de alegatos finales y de la lectura de sentencia por el caso Golpe de Estado II había quedado en su momento frenada, inicialmente, por una acción de inconstitucionalidad concreta planteada por Áñez. No obstante, el TCP rechazó dicho recurso.

Tras esa determinación, los abogados de la exmandataria presentaron ante el mismo TCP una solicitud de complementación y enmienda, que también fue descartada por el Tribunal.

Es así que el 6 de junio, faltando solo unas horas para que el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero de La Paz instale la “audiencia de prosecución del juicio”, los defensores de Áñez volvieron a presentar un nuevo recurso judicial (el recurso de queja) ante el TCP.

La defensa de la exmandataria pensaba que no se podía instalar la audiencia del Tribunal de Sentencia mientras no se resuelva el recurso de queja; sin embargo, tal y como estaba previsto, continuó el acto de “prosecución del juicio” desde ese mismo día.

Finalmente, el 10 de junio, el Tribunal de Sentencia de La Paz terminó condenando a Áñez a 10 años de prisión por su cuestionada proclamación en noviembre de 2019.

El mismo 10 de junio, el TCP también había rechazado el recurso de queja de la exmandataria, según el documento con dicha resolución al que accedió este viernes La Razón.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 27.III del Código Procesal Constitucional; resuelve: CONFIRMAR el AC 0169/2022-CA de 26 de mayo; y, en consecuencia: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta presentada por Jeanine Añez Chávez”, cita la resolución.