Beni: ALD aclara que no se puede obligar a identificar a una autoridad con su título

La presidencia y directiva de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) aclaró el miércoles, a la ciudadanía, que no existe ninguna norma administrativa que establezca la obligación de identificar a un funcionario o autoridad pública, en una carta oficial,  con la abreviatura del título que pueda tener.

Fuente: https://lapalabradelbeni.com.bo



Asimismo, considera que es una arbitrariedad y falta de respeto que  una autoridad pública, un funcionarlo corriente o una secretaria de oficina rechace a un ciudadano, una carta oficial, por el hecho que su nombre y cargo no viene antecedido de su titulo.

Hacen notar que la Constitución Política del Estado en el artículo 14 señala: “Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna. En el ejercicio de los derechos, nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que éstas no prohíban”

En este sentido, los ciudadanos tienen el derecho de presentar una queja al Defensor del Pueblo por tal arbitrariedad y solicitar que tome acciones ante la entidad respectiva.

Afirman que los servidores públicos del Gobierno Autónomo Departamental, incluyendo los asambleístas, son representantes de la sociedad en la estructura del Estado en calidad de ciudadanos, en consecuencia debe prevalecer esta cualidad ante cualquier otra identificación.

“Imponer el uso de la abreviatura del título en una carta oficial es una práctica arbitraria, una expresión que denota una jerarquía y exclusión, contraria a una cultura democrática”, dice el documento.

En consecuencia, todas las personas en calidad de funcionario público dentro de la administración departamental debieran ser identificadas en cartas, como personas y ciudadanos,  solamente con el  correspondiente señor o señora, el nombre correcto y el cargo que ocupan.