Mediante un comunicado, la Defensoría del Pueblo negó cualquier competencia o haber sugerido la salida médica de Felipe Edvaldo Menezez Iglesias (alias Andrés Luis Xavier da Rocha). El reo de la cárcel de Chonchocoro que con su fuga del martes provocó la muerte de un policía.

“La Defensoría del Pueblo no tiene competencias para disponer salidas médicas. Y tampoco se puede considerar el registro de caso como una recomendación o solicitud emanada por esta institución”. Así lo remarcó la entidad defensorial que es dirigida por Pedro Callisaya.

La aclaración surgió ante dichos del ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo. Surgieron el martes en la noche, al explicar las circunstancias de la autorización para el delincuente brasileño. Dijo que utilizó un formulario de la Defensoría para acceder al permiso otorgado por una médica.

La profesional es Narda C.C., quien trabaja en el penal de Chonchocoro. Fue aprehendida tras la recaptura de Menezez, junto a otros tres cómplices que le ayudaron a huir cuando llegó al Hospital de Clínicas. La médica es acusada de haber emitido irregularmente el documento.

Competencia

Ante ello, Del Castillo remarcó que la Fiscalía debe investigar este formulario de la Defensoría. En la fuga, murió un policía y otro quedó herido. Menezez fue recapturado y ahora espera junto a sus cómplices por la audiencia de medidas cautelares, que será este jueves.

“Corresponde aclarar a la población que, en cumplimiento de sus funciones como ‘Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura del Estado Plurinacional de Bolivia’, el 19 de enero de 2023 realizó una visita rutinaria al Centro Penitenciario de Chonchocoro. Para inspeccionar el trato otorgado a las personas privadas de su libertad y la protección de sus derechos. En esa jornada se registraron 36 casos, entre ellos del señor Menezes”, indica la Defensoría.

Y añade sobre su competencia: “Todos los registros, incluido el del señor Menezes son documentos que tiene como objetivo recoger la solicitud o denuncia de cualquier persona. Sin cuestionar la veracidad de su queja, por tanto, el formulario de registro del indicado ciudadano, al que hace referencia el Ministro de Gobierno, no puede ser considerado como una recomendación o solicitud de la Defensoría del Pueblo”.

“Adicionalmente corresponde precisar que la salida del Sr. Menezes responde a la orden de salida médica de emergencia firmada por el Director del Recinto Penitenciario Sr. My.  Napoleón Espejo, el 30 de enero de 2023, conforme al artículo 94 de la Ley 2298 de Ejecución Penal y Supervisión” (sic), remarca el documento.