Impugnados para judiciales agotarán recursos legales para revertir decisión

Ante un posible fracaso en el proceso de preselección en alguna de las instancias judiciales, la Ley 1549 establece la declaratoria de convocatoria desierta.

Fuente: Los Tiempos
Wilson Aguilar

En la etapa de resolución de impugnaciones, la carencia de postulantes mujeres se ha solucionado con la rehabilitación de algunas, por lo que se considera que el proceso de preselección será un éxito. Sin embargo, este trabajo podría interrumpirse debido a posibles acciones que interpondrían algunos aspirantes, entre ellos, Tahuichi Tahuichi Quispe, ante el Constitucional.

“Por el ajetreo, el apuro, no se encontraba algún certificado, pero nos han hecho notar los postulantes y se ha dado curso para rehabilitar a estos candidatos. (…) Respecto a las mujeres, hemos mejorado en la presencia en Beni; en el caso de Oruro, hemos rescatado a dos mujeres”, informó el diputado Walter Pablo Arízaga, miembro de la Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa.



Pero observó que en el caso de Cochabamba “no se haya querido habilitar o levantar la inhabilitación de la aspirante Nuria Gonzáles”, pese a que cuenta con los años de experiencia que se le observó.

“En lo que hace a Cochabamba, no hemos podido revertir la inhabilitación, pese a que se ha demostrado que la postulante tiene todos los requisitos para estar, pero parece que, porque pertenece al lado evista, los arcistas no la han habilitado”, sostuvo.

Injerencia

Respecto a un posible fracaso adelantado por el ministro de Justicia, Iván Lima, los legisladores indicaron que la autoridad ejecutiva debe dejar trabajar al Legislativo y respetar la independencia de éste órgano, que en caso de algún percance se pronunciará.

“Deje que el Legislativo en su función pueda ver toda la pertinencia o no de acuerdo a los resultados”, dijo el senador Henry Montero.

Advertencias

En esta última jornada, la Comisión Mixta de Justicia Plural “ratificó la inhabilitación del vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Tahuichi Quispe, que aspira llegar al Consejo de la Magistratura”.

“Se ha revisado minuciosamente, al detalle, la carpeta del postulante y se ha determinado que no cumple con el requisito 4: cumplir funciones en el área administrativa”, refirieron durante la sesión de la comisión.

Quispe adelantó que recurrirá al último recurso administrativo de revisión, en espera de que se lo rehabilite, pero, en caso de fracasar, acudirá a otras instancias.

“Si no me habilitan, me queda el recurso extraordinario de revisión; si eso no prospera, voy a interponer una acción de amparo; si eso (tampoco) prospera, voy a interponer un recurso de inconstitucionalidad a todo el proceso”, advirtió Quispe a una red televisiva.

La ley prevé declarar desierta la convocatoria

Ante un posible fracaso en el proceso de preselección en alguna de las instancias judiciales, la Ley 1549 establece la declaratoria de convocatoria desierta.

El artículo 38 de la ley sobre elecciones judiciales establece que la “declaración corresponderá por cada Tribunal y/o Consejo de la Magistratura de manera independiente”.

“La Asamblea Legislativa Plurinacional convocará nuevamente al proceso de preselección que corresponda”.