Las preguntas del referéndum planteado por Arce deben pasar por filtros del TCP y del TSE, afirma vocal

Una vez que se realicen las evaluaciones se conocerá la convocatoria a referéndum que en Bolivia es una forma de democracia directa y se puede emitir mediante decreto supremo o una ley aprobada por la Asamblea Legislativa.

eju.tv / Video: Cadena A
Juan Carlos Véliz / La Paz



El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, explicó que las preguntas que serán planteadas en el referéndum anunciado por el presidente Luis Arce deben pasar por el control de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y un criterio técnico del Tribunal Supremo Electoral (TSE) antes de la emisión de la convocatoria que puede ser por decreto supremo o ley aprobada por la Asamblea Legislativa.

“Vamos a esperar como órgano Electoral que presente las consultas, las preguntas desarrolladas, y ahí iniciará el proceso de iniciativa que está a cargo en este caso del Presidente y que la ley ampara este procedimiento. Una vez que presente las preguntas, nosotros tenemos 72 horas como órgano Electoral para realizar una revisión técnica de las mismas y emitir un pronunciamiento técnico, con este pronunciamiento el Presidente remitirá al Tribunal Constitucional estas preguntas y será el Tribunal Constitucional que analice, que haga un examen constitucional sobre el desarrollo de estas tres preguntas”, explicó anoche en una entrevista con Cadena A.

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El 6 de agosto, Arce anunció que someterá a referéndum el mismo día en que se realicen las elecciones judiciales tres temas: reelección presidencial continua o discontinua, distribución de escaños y subvención de los carburantes.

“Con el visto bueno del Tribunal Constitucional, con la declaración de constitucionalidad de las tres preguntas, el Presidente recién puede emitir un decreto de convocatoria”, precisó el vocal Ávila.

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Las elecciones judiciales se realizarán en diciembre de este año o enero del próximo año y para que los referendos propuestos por Arce se realicen en la misma jornada electoral se deben agilizar los trámites, precisó la autoridad.

“La ley 026 establece que mínimamente para llevar adelante un referéndum necesitamos un plazo de 90 días”, precisó.

Una vez que se realicen las evaluaciones en el TCP y el TSE se conocerá la convocatoria a referéndum que en Bolivia es una forma de democracia directa y se puede emitir mediante decreto supremo o una ley aprobada por la Asamblea Legislativa.

El último referendo realizado en Bolivia fue en 2016. / Foto: Archivo