El TSE mantiene la fecha de las elecciones judiciales y convoca a los órganos del Estado y partidos a una reunión

Óscar Hassenteufel asegura que la sentencia del TCP genera un funesto precedente para los futuros procesos electorales

eju.tv / Video: TSE

Boris Bueno Camacho / La Paz



El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel ratificó este viernes la fecha de las elecciones judiciales para el 15 de diciembre y garantizó su ejecución, pese a la sentencia constitucional emitida por la Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que definió declarar desierta la convocatoria de las candidaturas para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en Beni y Pando, así como para el TCP en esos dos departamentos, además de Cochabamba, Santa Cruz y Tarija.

“El TSE con el apoyo, cooperación y respaldo de la sociedad en su conjunto, garantiza a los bolivianos y bolivianas que sabrá cumplir con sus atribuciones y competencias, llevando adelante el proceso de elección de las  y los magistrados del Órgano Judicial y del TCP en el marco establecido por la Carta Magna y las leyes secundarias”, puntualizó el presidente del ente electoral, quien además criticó a los dos magistrados que se arrogaron el derecho de declarar desierta dicha convocatoria sin observar el principio de preclusión.

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La sentencia Constitucional 0770/2024 fue suscrita por los magistrados Yván Espada y Gonzalo Hurtado, quienes avalaron parte de la resolución 87/2024 dispuesta por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; en tal sentido, se determina anular las convocatorias a magistrados en los cinco departamentos mencionados, aunque señala que en el resto del país no existen observaciones así que el proceso puede continuar, así como las elecciones para el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura.

Vocales en la presentación de la papeleta electoral para los comicios judiciales. Foto: APG

“La sentencia incurre en una flagrante violación del principio de preclusión establecido en diversas normas del ámbito electoral tales como el inciso K del artículo 2 de la Ley 018, que establece que las etapas y resultados de los procesos electorales, referéndum y revocatoria de mandato no se revisarán ni se repetirán; artículo 190 de la Ley 026, que dispone que los procesos electorales, referéndum y revocatoria de mandato no pueden ser anulados por ninguna causa y ante ninguna instancia”, detalló, además de asegurar que el fallo atenta contra ese precepto constitucional .

Hassenteufel estimó que ese fallo provocará un problema legal si es que la determinación del TCP da paso a unos comicios parciales, porque esta figura no está contemplada en la Constitución Política del Estado (CPE), además que la jurisprudencia creada afectará no solamente a las elecciones judiciales, sino a todos los procesos que se lleven de ahora en adelante, porque sienta un funesto precedente, además de ser una afrenta al derecho de la población de elegir a sus autoridades nacionales.

“Crea una situación muy especial, ya que genera la posibilidad de que el proceso de elección popular del Órgano Judicial y del TCP se realice en dos momentos diferentes, aspecto no contemplado en la CPE, ni en la Ley 026, ni en la Ley 1549, genera la posibilidad de que una vez realizada la elección parcial, si ese fuera el caso, de los magistrados del TSJ y TCP, puedan coexistir dos tipos de magistrados, los denominados prorrogados y los que sean electos en las elecciones del 15 de diciembre, lo que sería inaudito y tampoco está contemplado en la CPE”, puntualizó.

El presidente del TSE, Óscar Hassenteufel

En ese sentido, anunció una serie de acciones que los vocales electorales procedieron a efectuar desde la pasada jornada; en principio, se envió al TCP dos misivas para que expliquen el alcance de la sentencia constitucional; además de convocar a las máximas autoridades de los tres órganos del Estado a una reunión en la que se garantice la prosecución de las actividades rumbo a la materialización de esos comicios, entre otras acciones.

“Convocar a los representantes de los órganos Ejecutivo Legislativo, Judicial y al propio presidente del TCP, así como al fiscal general del Estado y los representantes de las organizaciones políticas a una reunión en la que se analice la situación generada por la sentencia 0770/2024 en el marco de la previsión contenida en el artículo 9 de la Ley 018, según la cual  la responsabilidad de un proceso electoral no exclusiva del TSE;  es responsabilidad de todos”, sentenció.

Además, el TSE redactará un proyecto de Ley que será enviado a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para que se apruebe y disponga la continuidad del proceso electoral judicial en su integridad, en resguardo del principio de preclusión y de la integralidad de los comicios judiciales, porque, aseguró Hassenteufel, por las consideraciones referidas no es posible que exista una votación fragmentada y parcial.