Se insiste con la norma porque se la necesita para la lucha contra el contrabando, dice Silva sobre la disposición que marca decomiso de productos


El sector gremial nacional advirtió con movilizaciones en caso que el Gobierno no elimine la disposición séptima que forma parte del PGE, que marca el decomiso de productos

Pablo Cambará Ferrufino

 



Fuente: Unitel

El viceministro de Defensa al Consumidor, Jorge Silva, justificó y defendió la implementación de la disposición séptima -establecida en el Presupuesto General del Estado (PGE)- sobre el decomiso de productos que se considere estén siendo comercializados por encima de su precio.

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Esta medida es rechazada por distintos sectores y, puntualmente, la Confederación Nacional de Gremiales, que ayer (lunes) dio un plazo de 14 días para que se elimine esta norma caso contrario se activarán movilizaciones y bloqueos.

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Jorge Silva, viceministro de Defensa al Consumidor

Pero, ¿por qué se insiste con esta disposición? Según Silva, porque la norma está orientada a brindarle seguridad jurídica al sector productivo y garantizar a la población “el acceso a los productos que se elaboran en nuestro país a precio justo” evitando que delincuentes y organizaciones criminales “se apropian de la producción almacenando grandes cantidades y posteriormente lo lleven vía contrabando hacia otros países”.

“Entonces, es una norma que necesitamos para seguir avanzando y seguir luchando contra esta actividad que ahora se está posicionando debido a la diferencia de precios que existe tanto en los países vecinos y por la cual, pues, personas que se dedican al contrabando están generando esta afectación a la economía del país”, dijo en entrevista con UNITEL.

En ese sentido, hizo una diferencia entre aquellos que se dedican al comercio de manera legal y aquellos que cometen ilícitos, que son los que deberían estar preocupados y no así los que realizan la actividad formal.

“Esta disposición no va contra aquellas personas que se dedican al comercio lícito, que necesariamente tienen que tener un stock para garantizar el abastecimiento del producto en el mercado. Sino, que va, en contra de aquellas personas que almacenan productos, especialmente en las zonas fronterizas del país, con fines de contrabando”, apuntó.

¿Qué dice la disposición séptima?

La disposición adicional séptima del PGE 2025 establece que, “con la finalidad de garantizar la disponibilidad y abastecimiento de alimentos esenciales, se faculta a las entidades competentes, activar acciones de control, fiscalización, confiscación y/o decomiso de productos, a los actores de comercialización de alimentos, que almacenen o retengan y/o pretendan encarecer los precios de los mismos”.


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